Escudo Concejo Municipal

Esperanza Municipal Council

2021-08-03

PROYECTO DE ORDENANZA s/ créase en la ciudad de Esperanza una “Casa de las Mascotas”


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VISTO:
La necesidad de crear en la ciudad de Esperanza una “Casa de las Mascotas”, como un espacio adecuado que concentre todas las acciones que realiza el Municipio con respecto a la atención de los animales de compañia, y
CONSIDERANDO:
Que la ciudad de Esperanza necesita contar con un espacio adecuado que concentre todas las acciones que realiza el Municipio con respecto a la atención de los animales de compañía.
Que podemos tomar como referencia la “Casa de las Mascotas” creada en la ciudad de Santa Fe, donde se diagraman, organizan y coordinan las políticas relativas a los animales de compañía.
Que entre otras acciones, a través de este espacio se pueden realizar campañas y jornadas de concientización, concretar castraciones, brindar atención veterinaria, vacunaciones antirrábicas y tratamientos contra la sarna.
Que en este lugar los vecinos pueden acceder a información de servicios vinculados a la salud animal, asimismo se pueda poner en marcha el Registro Municipal de Animales de Compañía, estipula en la Ordenanza N° 3964 “CAPÍTULO II
CREACIÓN DEL REGISTRO MUNICIPAL DE ANIMALES DE COMPAÑÍA”.
Que para una atención completa de nuestras mascotas, esta “Casa de las Mascotas”, debería contar con quirófano y espacios preparados para mantener en observación a perros y gatos mordedores, tal como lo establece la Ley de Profilaxis de la rabia.
Que los animales de compañía son muy importantes en la vida de todos nosotros: están vinculados a los afectos, son una prenda de unión de la familia y un elemento para la salud anímica; y todos queremos, además, cuidarlos mejor a partir de una tenencia responsable.
Que esta “Casa de las Mascotas” debe ser una verdadera convocatoria al trabajo conjunto y donde cada uno haga su parte; y la ciudad cuenta con muchas instituciones que hacen un gran trabajo de defensa de los animales, del vínculo que tenemos que tener y cómo convivir mejor en la ciudad.
Que la creación de la “casa de las Mascotas” en la ciudad de Esperanza, sería una forma de concretar el trabajo que se viene realizando en la ciudad, desde hace muchos años, con respecto al cuidado de los animales de compañía y el control de los que deambulan por las calles de la ciudad.
Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde al Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.
POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº ….
Art. 1).- CRÉASE en el ámbito de la Secretaría de Servicios Públicos de la ciudad de Esperanza la “Casa de las Mascotas”, como un espacio adecuado que concentre todas las acciones que realiza el Municipio, donde se organicen, coordinen y diagramen, las políticas relativas a la atención de los animales de compañía, que contará con profesionales veterinarios y agentes municipales capacitados específicamente para desempeñar las tareas pertinentes que demande.
Art. 2).- Destínense progresivamente los recursos necesarios para su implementación.
Art. 3).- Créase en el mismo ámbito un registro para denuncias de animales maltratados, abandonados, extraviados y encontrados a través de una línea de contacto gratuita para tal fin.
Art. 4).- Desarróllese un enlace dentro de la web municipal de uso exclusivo para la finalidad, dependiente del Departamento Ejecutivo Municipal con divulgaciones en redes sociales, donde serán publicadas fotos de dichos animales, reservando los datos de los denunciantes para evitar el cobro o pago de recompensas por la reposición de los mismos.
Art. 5).- Realícense actividades en pos de la tenencia responsable de animales, tales como: instalación de puestos veterinarios (Unidad Veterinaria Móvil, en vecinales e instituciones barriales que cuenten con instalaciones aptas para instalar quirófanos itinerantes); esterilizaciones caninas y felinas; vacunaciones; tratamientos varios y atención básica, como así también deberá establecer un cronograma de charlas a escuelas, jardines municipales e instituciones con el fin de informar y concientizar sobre la protección de los animales domésticos como así también desarrollar campañas publicitarias respecto a la temática, todo de forma gratuita.
Art. 6).- Dispónese efectuar Convenios marco con el Colegio de Veterinarios y/o Facultad de Veterinaria para la disposición de los profesionales o estudiantes avanzados en condición de prácticas profesionales rentadas con el fin de disponer una guardia permanente de al menos uno, las 24 horas del día y los 365 días del año para los casos en los que se demande una atención necesaria y con el fin de corroborar estado de salud de los mismos en caso de denuncias de maltrato.
Art. 7).- Dispónese informar a todas las asociaciones de defensas de animales que funcionen en el ejido Municipal de la siguiente disposición, con el fin de efectuar convenios de colaboración mutua y en forma voluntaria para desarrollar dicha labor, tanto con información y registros de datos como con actividades concernientes a concientizar sobre la protección y adopción responsable y tenencia de animales, como así también sobre la no tenencia de animales exóticos.
Art. 8).- Dispónese capacitar al personal sobre forma de operar, trato con animales, leyes afines, y/o todo lo concerniente a su desempeño, etc.
Art. 9).- Para los gastos que demanden las tareas necesarias para la creación y puesta en funcionamiento de la Casa de las Macotas se afectarán las partidas presupuestarias.
Art. 10).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.

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