Concejo Municipal ciudad de Esperanza
ORDENANZA s/ Servicio Crematorio

La Concejal Andrea Martínez dispone:
Art. 1).-CRÈASE en la ciudad de Esperanza el Servicio de Cremación Municipal de Cadáveres, el que funcionará de acuerdo a las disposiciones de la presente Ordenanza.
Art. 2).- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar el llamado a Licitación Pública correspondiente, para la adquisición de un horno crematorio de las condiciones técnicas y específicas mas convenientes para el cumplimiento de lo normado en la presente.
Art. 2).- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar el llamado a Licitación Pública correspondiente, para la adquisición de un horno crematorio de las condiciones técnicas y específicas mas convenientes para el cumplimiento de lo normado en la presente.