Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Bloque PRO - Juntos por el Cambio 02-01-2024

Ordenanza N° 4254/23: Creación de un Espacio Canino en la Ciudad de Esperanza

Ordenanza N° 4254/23: Creación de un Espacio Canino en la Ciudad de Esperanza

PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La importancia de contar con un Espacio Canino para mascotas, el cual esté ubicado en un espacio verde público de nuestra ciudad, y
CONSIDERANDO:
Que un Espacio Canino sería un lugar de uso exclusivo para perros.
Que una ciudad mejora cuando tiene los lugares adecuados para sus mascotas.
Que un Espacio Canino es un lugar seguro para las mascotas y para el resto de la gente; algo muy útil y que seguramente tendrá aceptación total por parte de la ciudadanía.
Que, en la actualidad, varios grupos de ciudadanos se reconocen a sí mismos como "proteccionistas" y trabajan en favor del bienestar animal, principalmente de perros y gatos, en la educación de la población y en pedir a las autoridades medidas para mejorar la relación entre los humanos y otras especies, promoviendo una convivencia basada en el respeto a la vida.
Que el Espacio Canino debiera ser un cerco de tantos metros cuadrados, el cual incluya juegos para mascotas, dispenser con bolsas para depositar las heces, cestos, bebederos, tachos con agua, bancos e iluminación.
Que sería un lugar en el cual los vecinos podrían asistir en cualquier horario y a su vez, las mascotas disfrutarían al aire libre sin molestar a los demás.
Que el Espacio Canino “Josefina y sus Amigos” fue el primero que se construyó en la ciudad de Santa Fe, y es el único en nuestra provincia. Es el más grande de nuestro país, ya que cuenta con 1200 metros cuadrados. El mismo fue inaugurado el 28 de septiembre del 2019 y fue construido en la Plaza del Rosario ubicada al costado del Centro Cívico, frente a la cárcel de Mujeres. Esta iniciativa fue impulsada conjuntamente entre el gobierno local de ese entonces y un grupo de vecinos.
Que, sin dudas, el Espacio Canino deberá contar con normas de convivencia, entre ellas las siguientes:
  • Las mascotas deben ingresar y permanecer con un adulto responsable.
  • Las mascotas deben permanecer con collar o pretal.
  • No se podrá ingresar con mascotas en celo.
  • Si su mascota es temperamental, deberá ingresar con bozal y/o correa.
  • Prohibido el ingreso de menores sin la compañía de un adulto responsable.
  • No se debe perturbar a las mascotas.
  • Cada persona deberá ser responsable y juntar el excremento/heces de su mascota.
  • Los juegos son de uso exclusivo de las mascotas.
Que el Espacio Canino deberá poseer cartelería que indique e informe sobre las Normas Básicas que se deberán cumplir para ingresar y permanecer allí.
Que sería de suma importancia que personal correspondiente del Municipio equipe y acondicione este espacio; como así también se ocupe de su mantenimiento. La limpieza correrá por parte de cada vecino que utilice el Espacio Canino, ya que deberán ser responsables y recoger la materia fecal de sus mascotas.
Que personal correspondiente del Municipio, deberá colocar cartelería en los alrededores del Espacio Canino, la cual indique e informe sobre las normas básicas que se deben cumplir para ingresar y permanecer en el lugar.
Que, sin dudas, la población deberá respetar las normas básicas y podrá realizar donaciones que contribuyan a mantener y mejorar este espacio, conforme a lo que establezca la presente.
Que las donaciones deberán ser entregadas en el área correspondiente del Municipio, y las mismas deberán ser informadas a la población para su conocimiento.
Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756 corresponde al Concejo Municipal sancionar la norma legal pertinente,
POR TODO ELLO
EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA EL SIGUIENTE
PROYECTO DE ORDENANZA N°…
Art. 1).-DISPÓNESE al Departamento Ejecutivo Municipal, designar un espacio verde público de nuestra ciudad, a fin de que allí se construya un Espacio Canino para mascotas.
Art. 2).-DISPÓNESE al Departamento Ejecutivo Municipal que, junto a las oficinas pertinentes deberán designar un nombre al Espacio Canino.
Art. 3).-DISPÓNESE al Departamento Ejecutivo Municipal que, junto a las oficinas pertinentes deberán acondicionar el Espacio Canino con juegos para mascotas, dispenser con bolsas para depositar las heces, cestos, bebederos, tachos con agua, bancos e iluminación.
Art. 4).-DISPÓNESE al Departamento Ejecutivo Municipal que, las oficinas pertinentes deberán colocar cartelería en los alrededores del Espacio Canino, la cual indique e informe sobre las normas básicas que se deben cumplir para ingresar y permanecer en el lugar. Las normas de convivencia, serán las siguientes:
  • Las mascotas deben ingresar y permanecer con un adulto responsable.
  • Las mascotas deben permanecer con collar o pretal.
  • No se podrá ingresar con mascotas en celo.
  • Si su mascota es temperamental, deberá ingresar con bozal y/o correa.
  • Prohibido el ingreso de menores sin la compañía de un adulto responsable.
  • No se debe perturbar a las mascotas.
  • Cada persona deberá ser responsable y juntar el excremento/heces de su mascota.
  • Los juegos son de uso exclusivo de las mascotas.
Art. 5).-DISPÓNESE al Departamento Ejecutivo Municipal que, las oficinas pertinentes deberán ser las responsables de equipar, acondicionar y mantener este espacio. La limpieza correrá por parte de cada vecino que utilice el Espacio Canino, ya que deberán ser responsables y recoger la materia fecal de sus mascotas.
Art. 6).-En caso de que algún vecino quiera efectuar una donación para el Espacio Canino, deberá dirigirse personalmente al área designada por el Departamento Ejecutivo Municipal.
Art. 7).- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de las oficinas pertinentes, deberá informar a través de los medios que considere pertinente cada una de las donaciones que se realicen, las cuales sin dudas contribuirán a mejorar y mantener el Espacio Canino.
Art. 8).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.