Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Bloque U.C.R. - Juntos por el Cambio 09-03-2021

PROYECTO DE MINUTA DE COMUNICACIÓN s/ Destino cuota extra Patente

PROYECTO DE MINUTA DE COMUNICACIÓN s/ Destino cuota extra Patente

VISTO:
El aumento de las Patente Única sobre Vehículos para éste 2021
CONSIDERANDO:
Que la Patente Única sobre Vehículos es un gravamen que se paga por los vehículos radicados en la Provincia de Santa Fe y se determina en función del valor que le sea asignado a cada uno de ellos de acuerdo al peso, modelo, año, origen, etc.
Que el gravamen anual establecido en este Título se determinará según la(s) alícuota(s) y montos que anualmente fije la Ley Impositiva para los distintos tipos de vehículos.
Que son las Municipalidades y Comunas quienes ejercen el control sobre el pago por parte de los contribuyentes de la Patente Única sobre Vehículos, de los vehículos registrados en sus respectivos Distritos.
Que la Ley 3456/1990 dispone: Capítulo VI Del Destino del Producido Distribución del gravamen
ARTICULO 288. Lo recaudado en concepto del gravamen establecido en el presente Título y las tasas establecidas en la Ley Impositiva, se distribuirán de la siguiente forma:
a) El 60% ( sesenta por ciento ) será acreditado automáticamente por el Banco Provincial de Santa Fe en la cuenta corriente de cada Municipalidad o Comuna en donde se encuentre registrado el vehículo, e ingresará a sus Rentas Generales.
b) El 30% ( treinta por ciento ) será acreditado automáticamente por el Banco Provincial de Santa Fe en una cuenta especial habilitada al efecto por el Poder Ejecutivo. El saldo de dicha cuenta, será distribuido quincenalmente por la citada entidad bancaria entre todas las Municipalidades y Comunas, conforme a los coeficiente que a tal efecto establezca para cada una de ellas el Ministerio de Hacienda y Finanzas, teniendo en cuenta para su determinación, la emisión correspondiente a cada Distrito.
c) El 10% ( diez por ciento ) restante será acreditado automáticamente por el Banco Provincial de Santa Fe en la cuenta corriente de Rentas Generales de la Provincia.
Que a partir del año 2005, el gobierno de la provincia, atribuyo a los municipios y comunas, la facultad de cobrar una cuota extra de Patente, ante los reclamos de éstas autoridades para hacerse de recursos.
Que la ciudad de Esperanza, es una de las 80 localidades, de las 362 de la provincia de Santa Fe, donde se aplica dicha facultad legal para una mayor presión fiscal.
Que teniendo en cuenta esta situación, y que todo lo recaudado por esta cuota extra es para el Municipio, este dinero debería tener un destino específico.
Que en este sentido, y en consonancia con un proyecto que he presentado sobre repavimentación y/o trabajos de bacheo, perfilado, nivelado de calles y rellenado de juntas de calles 97- Moreno y 105- Rivadavia, solicito se analice la posibilidad de que el dinero recaudado por la cuota extra de Patente, sea destinado a esta obra, a fin de mejorar la circulación.
Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756 corresponde al Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.
POR TODO ELLO,
CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA EL SIGUIENTE
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº …
Art. 1).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, que a través de las oficinas competentes, se envíe un informe que detalle el destino de lo recaudado en concepto de Patente Única sobre Vehículos.
Art. 2).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, que a través de las oficinas competentes, analice la posibilidad que lo recaudado por la cuota extra de Patente Única sobre Vehículos, sea destinado a la repavimentación y/o trabajos de bacheo, perfilado, nivelado de calles y rellenado de juntas, etc. de calles 97- Moreno y 105- Rivadavia.

   
Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo