Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Bloque U.C.R. - Juntos por el Cambio 18-05-2021

PROYECTO DE ORDENANZA s/ MODIFÍCASE EL Art. 79 DE LA Ordenanza N° 4085/21

PROYECTO DE ORDENANZA s/ MODIFÍCASE EL Art. 79 DE LA Ordenanza N° 4085/21

VISTO
El Art. 79) de la Ordenanza 4085/21 referida al porcentaje que el municipio cobra a las Empresas Proveedoras de Servicio.
CONSIDERANDO:
Que el Art. 79) de la Ordenanza 4085/21 referida al porcentaje que el municipio cobra a las Empresas Proveedoras de Servicio.
Que el mismo establece un porcentaje del 6% sobre el monto de facturación de las empresas proveedoras de servicios, a saber: energía eléctrica, teléfonos, agua corriente, cloacas, gas natural, radio y televisión y Otros,
Que la empresa SAPEM, que presta el servicio de gas en nuestra ciudad desde septiembre de 2002, es una Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria del 96,5 % por parte del municipio.
Que el monto que el municipio cobra a la empresa proveedora de gas esta lo traslada directamente a los vecinos en la factura bajo el ítem: Tasa Uso Espacio Público.
Que a mediados del 2020 en una reunión mantenida con la Intendente Sra. Ana María Meiners, el Secretario de Gobierno Alfonso Gómez y el Representante Técnico de Esperanza Servicios SAPEM. Acompañada por el Dr. Alberto Quiñonez planteamos diferentes temas de interés y consulta de vecinos y profesionales gasistas. A continuación algunos de los temas que fueron planteados en la reunión y las respuestas a los mismos.
▶Análisis del funcionamiento del sistema de pago de manera on line de las boletas, que si bien se puede imprimir y pagar de este modo, el sistema no permite actualizar en caso de vencimiento como ocurre con otros servicios. Por lo que solicitamos esta posibilidad.
▶ Situación de cortes de suministro e intimaciones posteriores a la declaración de aislamiento social preventivo y obligatorio: en este sentido el día 4 de mayo presenté una nota solicitando información con relación al proceder de la empresa respecto a los cortes y tratamiento de mora en el pago. Nota que fue contestada y se amplió en la reunión. Aclarando el Representante Técnico que no se realizaron cortes en este período y que se gestionó para dar solución a este tema.
▶ Para los matriculados gasistas solicitamos un sistema de turnos on line y ampliación del horario de atención
▶ Con respecto a los costos de conexión solicitamos aclaración de algunos ítems que se cobran. Respondiendo el representante que está todo respaldado por normativa que permite el cobro.
▶ Tributo sobre el uso del espacio público: ítem que está incluido en la boleta del gas y que representa un impuesto (6%) que el Municipio cobra a las empresas de servicios y que en el caso de SAPEM traslada a los vecinos.
Que es este último punto el motivo de este proyecto donde insisto en la necesidad de eliminar de la boleta de gas de los vecinos de la ciudad el concepto por el cual se le cobra un 6% por el Uso del Espacio Público por considerar el mecanismo un traslado de cargo.
Que continuando con esta línea de trabajo, que en este último tiempo está marcada por la crisis acentuada por la emergencia sanitaria, donde las instituciones de nuestra ciudad no son ajenas, es que el 11de Agosto de 2020 a través de un Proyecto de Minuta de Comunicación solicité, se exima a las instituciones sin fines de lucro de nuestra ciudad, del pago del monto fijo mensual de la factura emitida por SAPEM, los impuestos como Ingresos Brutos e IVA y la Tasa Uso Espacio Público, cobrando solo el consumo que las mismas puedan llegar a tener, por la realización de algún evento o actividad, proyecto que aún no tiene tratamiento legislativo y con el que voy a insistir porque estamos en condiciones de brindar este beneficio.
Que como actores locales debemos trabajar en pos de morigerar el monto de las facturas abonadas por los vecinos de aquellos servicios en los que existen conceptos en los que tenemos injerencia directa.
Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la ley N° 2756, corresponde al Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.
POR TODO ELLO,
CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA EL SIGUIENTE
PROYECTO DE ORDENANZA Nº …
Art. 1°) MODIFÍCASE EL Art. 79 DE LA Ordenanza N° 4085/21, el que quedara redactado de la siguiente manera:
Art. 79).- Empresas proveedoras de Servicios:
Por la instalación de redes aéreas y subterráneas para distribución eléctrica, teléfonos, agua corriente, cloacas, etc., las empresas que presten servicios abonarán los siguientes porcentajes sobre el valor de los suministros:
a) Energía Eléctrica 6 % sobre monto facturación
b) Teléfonos 6 % sobre monto facturación
c) Agua corriente 6 % sobre monto facturación
d) Cloacas 6 % sobre monto facturación
e) Radio y Televisión 6 % sobre monto facturación
f) Otros 6 % sobre monto facturación
Las respectivas empresas deberán ingresar los importes resultantes a la Municipalidad, dentro de los 15 días de percibidos.
En cuanto al inciso e) del presente artículo, referido a Empresas de Radio y Televisión brindarán asimismo espacios en sus programaciones destinados a entidades educativas, culturales y/o deportivas por el 2% sobre el monto de su facturación.
Art. 2°).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.