Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Bloque U.C.R. - Juntos por el Cambio 21-03-2022

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

RESOLUCIÓN N°

Art.1°).- DISPÓNESE al Departamento Ejecutivo Municipal que dé cumplimiento a la Minuta de Comunicación 617/20 por la cual se solicita:

Art.1).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, que a través de las oficinas competentes, envíe a este Concejo el Plan de Gestión Integral de Arbolado Público según lo establecido en el Art. 7.- de la Ley 13836/18, que se trascribe a continuación: Art. 7.- Plan de gestión integral municipal y comunal. Las Municipalidades y Comunas deberán elaborar un Plan de Gestión Integral del Arbolado Público, con el asesoramiento y dictamen de profesional competente en la materia, que será presentado a la Autoridad de Aplicación cada cuatro (4) años.

El Plan de Gestión Integral deberá contar como mínimo con:

a) Diagnóstico del arbolado existente, acompañado con el plano de la localidad.

b) Objetivos y actividades para la mejora del arbolado a conservar y a reponer.

c) Recursos humanos y materiales a afectarse.

d) Metas anuales de forestación del arbolado público, indicando objetivos, su relación con la densidad poblacional, y plazos esperados de forestación lograda.

Asimismo, las Municipalidades y Comunas presentarán en el primer trimestre de cada año, una evaluación de las actividades proyectadas y las efectivamente ejecutadas, junto a la guía de acciones que detalle las tareas de plantaciones, poda y extracciones previstas para el año en curso.

Art. 2).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, que a través del área que corresponda, informe con copia de la documentación respectiva:

a) Informe del Plan de Avance Anual del Plan de Gestión del Arbolado Público ante el Gobierno de la Provincia de Santa Fe.

b) Copia del Informe del Censo Provincial del Arbolado Público de la Municipalidad de Esperanza presentado ante el Gobierno de la Provincia de Santa Fe.

c) Informe de la reposición de los arboles extraídos en calle 102- Aarón Castellanos entre calles 99- Domingo Faustino Sarmiento y 97- Mariano Moreno según la tabla establecida por la Ley del Árbol.

Art. 2º).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.