Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Bloque U.C.R. 04-10-2017

Proyecto de MINUTA DE COMUNICACIÓN, presentado por la concejal Andrea Martínez, que solicita al D.E.M., la Creación del Programa de Ordenamiento Hídrico Territorial de la ciudad

VISTO:

Que el cambio climático constituye, hoy en día, uno de los grandes desafíos de la humanidad, y

CONSIDERANDO:

Que se han observado alteraciones muy importantes en la ocurrencia de eventos extremos de precipitación, lluvias muy intensas ocurridas en poco tiempo.
Que la posibilidad de ocurrencia de inundaciones por eventos extremos puede ser una problemática recurrente con considerables impactos sobre la vida de los ciudadanos y el sistema socio-económico en su conjunto.
Que enfrentar este complejo problema, requiere integrar distintas acciones y medidas, donde el Estado tiene un rol central en la definición de las políticas públicas y la planificación urbana para tal objetivo.
Que para dar una mejor respuesta a los desafíos que plantea el cambio climático el estado municipal debe  trabajar en la gestión integrada e Integral de los recursos hídricos en todo el su territorio, tanto urbano como rural, en todas aquellas cuencas hídricas que integra, y en coordinación con el estado provincial.
Que para ello, un aspecto central es la elaboración de un Plan de Ordenamiento Hídrico Territorial para el desarrollo armónico, equilibrado y responsable en todo el territorio municipal, compatibilizando las actividades antrópicas, el uso del suelo y el riesgo hídrico producto de las condiciones físicas del territorio y el cambio climático.
Que este plan promueve políticas públicas destinadas a orientar el conjunto de actividades humanas, mediante medidas estructurales y no estructurales, que tienen por objeto mejorar la calidad de vida de la población, para los cual es necesario compatibilizar el tratamiento de los excedentes o déficit hídricos entre áreas urbanas y rurales.
Que dada la particular situación del territorio municipal, si bien se está trabajando en la disminución de la vulnerabilidad hídrica del área urbana, es necesario desarrollar diferentes herramientas normativas tendientes al ordenamiento y regulación del sistema de prevención de los efectos nocivos de las lluvias de alta intensidad.
Que el transcurso del tiempo y la experiencia acumulada plantea la necesidad de generar planes integrales de ordenamiento hídrico territorial que permitan mejorar los resultados perseguidos por el Estado Municipal

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA EL SIGUIENTE
PROYECTO DE MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº …

Art. 1).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal la Creación del Programa de  Ordenamiento Hídrico Territorial de la Localidad, el cual tendrá como objeto el desarrollo armónico, equilibrado y responsable de la localidad, compatibilizando las actividades antrópicas, el uso del suelo y el riesgo hídrico producto de las condiciones físicas del territorio y el cambio climático.
Art. 2).- El Programa de Ordenamiento Hídrico Territorial será desarrollado por la  municipalidad en todo lo atinente a las cuencas urbanas y periurbanas, acordando con el gobierno Provincial la situación de las cuecas interjurisdiccionales y las regionales.
Art. 3).- El Programa de Ordenamiento Hídrico Territorial deberán incluir tanto las propuestas  de medidas estructurales, tales como obras de desagües, defensas contra inundaciones, reservorios, sistemas de regulación de caudales, estaciones de bombeo, etc y medidas no estructurales como zonificación de usos del suelo de acuerdo a la vulnerabilidad hídrica, planes de contingencia y gestión de riesgo ante eventos extremos, etc.
Dentro del Programa de Ordenamiento Hídrico Territorial, se incluirá el Plan Director de Desagües Pluviales que contendrá como mínimo la información, los lineamientos técnicos y requisitos establecidos en el ANEXO I.
Art. 4).- Con el fin de la concreción del Programa de Ordenamiento Hídrico Territorial, la  Municipalidad podrá suscribir para su realización, convenios con Entes Nacionales y Provinciales o Consultores Privados, con reconocido conocimiento en la materia, afectando los recursos necesarios para tal fin.
Art. 5).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.