La Concejal Martínez dispone:
Art. 1°): MODIFÍCASE de la Ordenanza 4045/19 “CÓDIGO URBANO DE LA CIUDAD DE ESPERANZA”, el Plano de Trazas aprobadas (PTA).
Art. 2°): MODIFÍCASE la traza urbana del 125 Bis- Pje. Sgto. Cabral desde a 100- Avenida Colonizadores hasta 108- Cullen.
Art. 3°): AUTORÍZASE la apertura del mismo del 125 Bis- Pje. Sgto. Cabral hasta 108- Cullen.
La Concejal Andrea Martínez solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que a través de la secretaría correspondiente, se informe con relación al espacio verde ubicado en calle 147- Reant y 94- Perú, conocida como Plaza Ex dispensario Barrio Unidos, si la misma cuenta con un nombre oficial, y en caso de que así no fuere, se trabaje en forma conjunta con los vecinos del barrio, en la elección e imposición de un nombre.
La Concejal Andrea Martínez al Departamento Ejecutivo Municipal que a través de la secretaría correspondiente y en forma conjunta entre Municipio, vecinos e instituciones se trabaje en la elección e imposición de un nombre para la Plaza del Barrio Aarón Castellanos, ubicada en las calles 139- Tabernig y 78- Río Negro que actualmente no cuenta con una denominación oficial.
La Concejal Andrea Martínez dispone:
Art. 1). -CREÁSE en el ámbito de la Municipalidad de Esperanza, el PROGRAMA DE EDUCACIÒN FINANCIERA Y BANCARIA.
Art. 2). - El Programa tiene como destinatarios a todos los jóvenes y adultos que desean adquirir conocimientos respecto a dicha temática.
La Concejal Martínez dispone:
Art. 1). - CRÉASE en el ámbito de la Municipalidad de Esperanza la “Galería del Deporte”.
Art. 2). - Que la misma consistirá en una muestra itinerante, que se realizará una vez al año, durante la semana previa a la Fiesta del Deporte que anualmente celebra la Municipalidad de Esperanza.
La Concejal Andrea Martínez dispoen:
Art. 1°).- Créase en el ámbito de la Ciudad de Esperanza el Plan Municipal Integral de Accesibilidad, cuya finalidad es mejorar la calidad de vida de todos los ciudadanos, en consonancia con lo dispuesto por la Ley Nacional Nº 26.378.
Art. 2°).- Entiéndase por “accesibilidad” a la eliminación de barreras arquitectónicas, urbanísticas, del transporte, de los sistemas y las tecnologías de la información, de las comunicaciones y de otros servicios e instalaciones de uso público para construir una ciudad accesible e inclusiva...