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Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Minuta de Comunicación 14-04-2016

VISTO:

La problemática planteada por un grupo de vecinos residentes en cercanías de una industria dedicada a la fabricación de muebles ubicada en calle 85- Janssen entre 116- López y Planes y 114- 9 de Julio (lado Este) de la ciudad de Esperanza, y

CONSIDERANDO:

Que en la zona próxima a dicha empresa conviven vecinos que desde hace tiempo ven afectada su calidad de vida cotidiana por las actividades industriales allí realizadas, manifestando en numerosas reuniones mantenidas que en el lugar se han desarrollado industrias similares anteriormente sin ocasionar molestia alguna.

Que se han planteado al Departamento Ejecutivo Municipal los inconvenientes respiratorios y auditivos que ocasiona la volatilidad del polvillo emanado por las chimeneas, como también la contaminación sonora, solicitando la intervención del mismo para solucionar el problema a los vecinos.

Que este Cuerpo coincide en que de haberse extendido la habilitación la misma debería contar con la certificación de Uso Conforme otorgada.

Que con fecha 23 de Diciembre de 2013, mediante Minuta de Comunicación N° 483, se ha solicitado al Departamento Ejecutivo Municipal lo siguiente:

• Si existe habilitación de la Industria Maderera ubicada en calle 85- Janssen entre 116- López y Planes y 114- 9 de Julio (lado Este), de la ciudad de Esperanza, dedicada a la fabricación de muebles.

Que asimismo se remita copia de todas las actuaciones relacionadas con dicha industria.

• Que con fecha 2 de Julio de 2014, mediante nota dirigida a la Sra. Intendente, se ha reiterado la solicitud de información sobre la habilitación de esta Industria Maderera, como así también copia de todos los expedientes relacionados a la misma, atento a los reclamos efectuados por vecinos involucrados en esta situación y de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza N° 3525/08.

Que al día de la fecha este Cuerpo Legislativo no ha recibido respuesta alguna sobre lo solicitado y en reunión con los vecinos, éstos manifiestan que la problemática no solo continúa sino que se agrava, especialmente en la salud de muchos de los vecinos damnificados.

Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde a este Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

MINUTA DE COMUNICACIÓN N° 543

Art. 1).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, envíe a la mayor brevedad posible:

• Si existe habilitación de la Industria Maderera ubicada en calle 85- Janssen entre 116- López y Planes y 114- 9 de Julio (lado Este), de la ciudad de Esperanza, dedicada a la fabricación de muebles.

• Copias de los expedientes Nros. 177605-S-11, 195750-S-13 y 199470-S-13.

Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Abril 14 de 2016.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     Lic. CRISTIAN RICARDO CAMMISI
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.

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Fecha Sanción Título Observaciones Acciones
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