VISTO:
La incidencia de la enfermedad denominada LEPTOSPIROSIS que ha afectado considerablemente en nuestro país, en la provincia, y
CONSIDERANDO:
Que la leptospirosis es una enfermedad producida por una bacteria que puede estar presente en la orina de ciertos animales como roedores, perros, vacas, cerdos, caballos y animales silvestres.
Que el contagio se produce por el contacto directo con la orina de un animal infectado, o con agua y/o ambientes contaminados con dicha orina. Dado que la bacteria sobrevive en lugares húmedos y protegidos de la luz, el riesgo de contraerla aumenta si se producen inundaciones o al desarrollar actividades recreativas en ríos, lagos, lagunas, arroyos (como nadar, pescar, acampar, o realizar deportes náuticos).
Que la leptospirosis se manifiesta en principio como un cuadro gripal con fiebre, dolor de cabeza, dolores musculares y malestar general. Luego se puede presentar una segunda fase de mayor gravedad. Si se han realizado actividades o tareas de riesgo, ante la aparición de estos síntomas es necesario consultar a un médico en forma inmediata, dado que esta enfermedad puede resultar mortal.
Que el tratamiento incluye el uso de antibióticos, y es más efectivo cuando es administrado a partir de la primera semana desde el inicio de los síntomas. Dependiendo de la gravedad, puede ser oral o intravenoso. En algunos casos, el manejo de un paciente con leptospirosis grave requiere su ingreso en unidad de cuidados intensivos.
Que método para controlar o prevenir son:
• Evitando la inmersión en aguas estancadas potencialmente contaminadas, y procurando que los niños no jueguen en charcos o barro.
• Combatiendo los roedores -principales agentes de contagio- en domicilios y alrededores.
• Utilizando guantes y botas de goma para realizar tareas de desratización, desmalezado o limpieza de baldíos.
• Manteniendo los patios y terrenos libres de basura, escombros y todo lo que pueda ser refugio de roedores.
En áreas rurales:
• Ante la aparición de abortos en los animales de producción, es necesario consultar al veterinario.
• Es importante usar siempre calzado al caminar sobre tierra húmeda, y botas altas en zonas inundadas o al atravesar aguas estancadas.
• Usar guantes cuando se realizan tareas de desmalezado y cosecha.
• En zonas endémicas, vacunar a los perros y las vacas.
Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde a este Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.
POR TODO ELLO
EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 545
Art. 1).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, que realice campañas preventivas en los medios locales (televisivos, prensa escrita y radial), informando fehacientemente a la población sobre la enfermedad y como prevenirla.
Art. 2).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, que mediante las áreas pertinentes se realicen fumigaciones diariamente en parques, plazas y en todo el ejido urbano de la ciudad de Esperanza.
Art. 3).- ELÉVESE con los Considerandos precedentemente.
Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Abril 28 de 2016.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | Lic. CRISTIAN RICARDO CAMMISI | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |