Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Minuta de Comunicación 22-09-2016

VISTO:

Que el Palacio Stoessel fue construido en el año 1886 por Juan Stoessel y está ubicado en la esquina de calle Belgrano y Lehmann de esta ciudad, y

CONSIDERANDO:

Que el estilo predominante es ecléctico, se destacan sus mansardas, techos de tejas francesas, columnas de mármol y detalles de herrería artesanal.

Que luego fue vendido al Banco de la Nación Argentina y en el año 1926 subastado y adquirido por Marcos Bertotti.

Que posteriormente funcionó en la planta baja un estudio fotográfico y en las restantes dependencias el primer Sanatorio de Esperanza.

Que fue uno de los primeros palacios y casas de estilo que se construyeron en la Colonia, marcando el esplendor de una época de apogeo tanto a nivel local como nacional.

Que mediante Ordenanza N° 3757 de fecha 16 de Mayo de 2013, el Concejo Municipal autorizó la compra mediante su Art. 1) que dice: en el marco de la Ley N° 12385/04, su modificatoria Ley 12744/07 y sus decretos reglamentarios, el aporte de fondos no reintegrables sea para la realización del proyecto: ADQUISICION DEL BIEN INMUEBLE- PALACIO STOESSEL, ubicado en calle 103- Belgrano N° 1898 (esquina calle 104- Lehmann).

Que en el mes de agosto de 2013 se efectuó la compra de dicho inmueble, comprometiéndose la Municipalidad a realizar tres acciones inmediatas y simultaneas: 1. Cerramiento completo del inmueble; 2. Restricción de acceso al inmueble por parte de terceros; 3. Evitar deterioros del edificio, gestionando financiación para la remodelación y recuperación del inmueble.

Que con la compra de este edificio se ha dado un paso importante pero el paso siguiente es gestionar su mantenimiento, restauración y puesta en valor.

Que el Estado Municipal debe ponerse al frente de esta situación, cuidando sus propios edificios patrimoniales y gestionando políticas y recursos.

Que cuando los edificios se conservan en buen estado, la sociedad se beneficia disfrutándolo a diario y ofreciéndolo a turistas como punto de interés.

Que desde su adquisición solamente se realizó el cerramiento perimetral y no así el del techo.

Que una medida urgente es cerrar el techo para evitar el progresivo deterioro y posible derrumbe de partes o la totalidad del edificio.

Que es nuestro deber como Concejales velar por la seguridad de transeúntes, vecinos y vehículos; además de la conservación y preservación de los edificios denominados patrimoniales.

Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde al Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA EL SIGUIENTE

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 557

Art. 1).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, que de acuerdo al compromiso asumido al momento de la compra, realice a la brevedad el cerramiento total del techo del inmueble “Palacio Stoessel”.

Art. 2).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal informe a este Cuerpo Legislativo, las gestiones realizadas desde la adquisición tendientes al mantenimiento, restauración o eventualmente puesta en valor de dicho inmueble.

Art. 3).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal envíe el estudio técnico referente al estado actual de la estructura edilicia, donde quede reflejado la posibilidad de derrumbe.

Art. 4).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal informe cuales son las acciones proyectadas y el plazo de ejecución de las mismas, sobre el inmueble objeto de la presente.

Art. 4).- ELÉVESE con los Considerandos precedentes.

Art. 5).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Septiembre 22 de 2016.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     Lic. CRISTIAN RICARDO CAMMISI
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.