Visto:
La emergencia económica que sufren vastos sectores del pueblo argentino, y
CONSIDERANDO:
Que los costos relativos al cuidado y recuperación de la salud resultan inaccesibles para las familias de bajos ingresos.-
Que dentro de estos costos, los medicamentos influyen de manera significativa.-
Que los profesionales Farmacéuticos están habilitados para la preparación de fórmulas magistrales y recetadas por el médico.-
Que el costo de estos preparados de similar utilidad resultan menores que los medicamentos de marcas registradas.-
Que las Obras Sociales no reconocen estos preparados.-
EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
MINUTA DE DECLARACIÓN Nº 23
Art. 1).- RECOMENDAR a las Obras Sociales, para que instrumenten el mecanismo administrativo necesario para el reconocimiento de las recetas de fórmulas magistrales de sus afiliados.-
Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, elévese copia al Ministerio de Salud, Medio Ambiente y Acción Social de la Provincia y al Instituto Nacional de Obras Sociales (I.N.O.S.).-
SALA DE SESIONES, Abril 17 de 1991
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | HORACIO ISIDORO GAY | |
Secretaria | Presidente H.C.M. |