Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Minuta de Declaración 09-12-1993

VISTO:

Que en la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe el 12-08-92, se ha presentado un Proyecto de Ley sobre profilaxis de Toxoplasmosis en el territorio provincial, y

CONSIDERANDO:

Que es una obligación ineludible del Estado velar por la salud de la población.-

Que en la protección de la salud, la prevención es el instrumento más importante con que se cuenta, tanto desde el punto de vista médico, como social y económico.-

Que la toxoplasmosis es una zoonosis ampliamente difundida, cosmopolita, y con lamentables consecuencias en la Salud Pública.-

Que la toxoplasmosis congénita, provoca daños irreversibles en el feto con macro o microencefalea, pérdida de los sentidos, retardo mental y otras secuelas que ocasionan discapacidad física o psíquica permanente.-

Que este Concejo Municipal cree conveniente la aplicación de estas medidas, preventivas de toxoplasmosis congénitas a través del serodiagnóstico en las mujeres cuyas edades se encuentran en la etapa fértil de su vida, como además la atención de los niños con discapacidad por esta causa.-

Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde a este Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.-

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

MINUTA DE DECLARACIÓN Nº 32

Art. 1).- SOLICITASE a las Honorables Cámaras de Diputados y Senadores de la Provincia, el tratamiento y aprobación del proyecto de Ley sobre prevención de la toxoplasmosis en la Provincia de Santa Fe, presentado en la Cámara de Diputados el 12 de Agosto de 1992 según Expte. Nº 028, U.C.R., cuya autora es la Diputada Sarah Picazo.-

Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, envíese copia a las Cámaras de Diputados y Senadores de la Provincia de Santa Fe y dese a publicidad.-

SALA DE SESIONES, Diciembre 9 de 1993

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     HORACIO ISIDORO GAY
Secretaria     Presidente H.C.M.