Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Minuta de Declaración 17-05-2001

VISTO:

La Resolución Nº 13.047/01 sancionada por el Concejo Municipal de la ciudad de San Cayetano (Pcia. de Buenos Aires), sobre la escasa oferta de canales abiertos, de aire, de tv., en todas las pequeñas y medianas ciudades y/o pueblos de nuestro país; y

CONSIDERANDO:

Que la tv. es casi el único entretenimiento con que cuentan los sectores de menores recursos, constituyendo uno de los medios de información y cultura con más penetración en los hogares argentinos.

Que ante la ausencia de canales abiertos o de aire, han proliferado a lo largo y a lo ancho de nuestra patria los llamados “cables” o “circuitos cerrado” y últimamente han aparecido los sistemas de Tv. satelital.

Que todos estos sistemas son empresas privadas nacionales y/o extranjeras, y en la práctica no se observa competencia alguna entre ellos (donde existe más de uno), lo que los convierte en Monopolio y/o oligopolios de tv. , siendo el consumidor una fácil presa en manos de dichas empresas, hallándose prácticamente indefenso.

Que por la difusión, impacto e influencia que tienen dichos medios, se hace necesario actualizar la legislación adecuándola a la realidad de los tiempos que vivimos, defendiendo al usuario de menores recursos, brindándole la posibilidad de acceder a esos sistemas televisivos a costos razonables.

Que la inmensa mayoría de ambos sistemas (satelital o cable), ofrecen un “paquete mínimo” compuesto de 30, 40 y/o más señales.

Que la familia tipo de nuestro país solo mira un número mínimo de señales y las distintas empresas no deben desconocer esta preferencia de los usuarios.

Que sin embargo, lejos de ofrecer “paquetes” con menor cantidad de señales y a bajo costo, cada vez han ido incorporando más lo que les ha servido de pretexto para encarecer el servicio.

Que contando con una legislación actualizada y con profundo contenido social, se podría disponer la obligatoriedad de que dichas empresas ofrezcan un paquete realmente “mínimo”, compuesto solamente de diez (10) señales que cubrieran todo el espectro televisivo (cultura, interés general, noticias, ect.), a un costo (abono) mensual no superior a los pesos Diez ($10).-), puesto que esto es técnicamente factible.

Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde a este Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.

POR TODO ELLO:

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE 

MINUTA DE DECLARACIÓN Nº 56

Art. 1).- ADHERIR en todos sus términos a la Resolución Nº 13.047/01, sancionada por el Concejo Municipal de la ciudad de San Cayetano (Provincia de Buenos Aires), que manifiesta, que vería de muy buen agrado que el Congreso Nacional sancionara a la brevedad una normativa que disponga la obligatoriedad de todos los medios televisivos por cable, circuitos cerrados y/o televisión satelital, en todo el ámbito de la República Argentina, de ofrecer a un costo (abono) mínimo mensual, no superior a los Pesos Diez ($10.-) por abonado, conteniendo como mínimo un paquete compuesto por cinco (5) señales de aire de Tv. abierta nacional, más otras cinco (5) que cada empresa designe, siempre y cuando sean emitidas en el idioma oficial argentino y sean aptas para todo público, sin restricciones.

Art.2).- ENVÍESE copia de la presente, invitándolos a adherir a la misma y manifestarse en igual forma a todos los Honorables Concejos Municipales de la República Argentina y de la Provincia de Santa Fe, al Sr. Gobernador de la Provincia de Santa Fe, a las Presidencias de todos los bloque partidarios de la Legislatura Santafesina, Nacional, a las Presidencias de ambas Cámaras y a la totalidad de las Comunas de nuestra Provincia.

Art. 3).- ENVÍESE copia de la presente al Presidente del ComitéFederal de Radiodifusión (COMFER) y al Presidente de la Secretaría de Comunicaciones de la Nación (SECOM) y a al Video Cable Repetidora -Canal 2- de nuestra ciudad.

Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.

SALA DE SESIONES, Mayo 17 de 2001.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     CARLOS ANTONIO CATENA
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.