Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Minuta de Declaración 28-11-2007

VISTO:

Que en fecha 25 de octubre de 2007. ha recibido media sanción por parte de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, el proyecto de ley -presentado originalmente por el actual Senador por el Dpto. Las Colonias- que dispone la recomposición del 100 % del porcentaje coparticipable que originalmente correspondía para las Comunas y Municipios de nuestra Provincia sobre el total de lo recaudado en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, y

CONSIDERANDO:

Que el límite a la coparticipación, que se elimina mediante esta norma, surgió como consecuencia de la política llevada adelante durante la década del ´90 por el entonces Gobierno Nacional, la que fue seguida por quienes por aquella época gobernaban nuestra Provincia, los que alteraron el criterio fijado por las Leyes 7457, 8437 (modif. de la anterior) -referidas a la participación de los municipios y comunas en lo recaudado en concepto de Coparticipación Federal- y 9595 -relativa a la participación de los gobiernos locales de lo ingresado en concepto de Ingresos Brutos-, las que establecían que del monto percibido por ambos conceptos el Estado Provincial debía participar un 13,4372 % a las administraciones locales.

Que lo que realizaron en la oportunidad nuestros gobiernos provinciales fue fijar un criterio de pre-coparticipación, también llamado "techo" a la masa coparticipable, que redundó en una importante reducción de los ingresos correspondientes a municipios y comunas.

Que en el año 2005 la Ley 12.397, complementaria del presupuesto de ese año, estableció en su art. 48 que se coparticiparía solo el 90 % del porcentaje que correspondía a los gobiernos comunales y municipales de lo recaudado en concepto de Ingresos Brutos.

Que es indispensable, siguiendo mínimos criterios de justicia distributiva, lograr que las administraciones locales perciban la totalidad de lo que históricamente les correspondió por el concepto aludido, dado que de otra manera se convalidaría la centralización de recursos que se ha propiciado desde el actual Gobierno Provincial y que se continúa llevando adelante por el Gobierno Nacional, que utiliza la administración discrecional de los fondos de que dispone como forma de presión y cooptación de las administraciones federales, especialmente de aquellas más humildes.

Que, tal como surge de la planilla adjunta, en caso de sancionar la Cámara de Diputados la norma que apoyamos, los gobiernos locales en el año 2008 lograrían, en todo el territorio provincial, que se incrementen sus ingresos en una suma cercana a los veinte millones de pesos ($ 20.000.000), percibiendo nuestra ciudad un aumento cercano a los pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000).

Que en virtud de las facultades que le confiere la Ley Nro. 2756, corresponde al Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

MINUTA DE DECLARACIÓN Nº 84

Art.1).- DECLÁRASE el apoyo por parte de este Honorable Concejo Municipal, al proyecto -presentado oportunamente por el Senador por el Departamento Las Colonias C.P.N. Carlos A. Fascendini- que ha logrado media sanción en la Cámara de Senadores, mediante la cual se aprueba la recuperación del porcentaje histórico de coparticipación en concepto de Ingresos Brutos para las administraciones municipales y comunales.

Art. 2).- REMÍTASE copia a las diferentes Comunas que integran& nuestro Departamento, así como al Municipio de la ciudad de San Carlos Centro, haciendo expresa mención al contenido y número de la presente.

Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, al Poder Ejecutivo Provincial y a ambas Cámaras Legislativas.

SALA DE SESIONES, Noviembre 28 de 2007.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     VÍCTOR MANUEL LANG
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.