Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Minuta de Declaración 14-10-2010

VISTO:

El justo reclamo de la mayoría de la población pasiva, en lo referente al tratamiento y aprobación en el Honorable Senado de la Nación del Proyecto de Ley que dispone la aplicación del 82 % móvil a los haberes jubilatorios, y

CONSIDERANDO:

Que, tal como se anticipó, se dio tratamiento el día miércoles 13 de Octubre, en la Honorable Cámara de Senadores de la Nación, al Proyecto de Ley que dispone la efectiva aplicación a las jubilaciones del 82 % móvil, porcentaje que a su vez alcanzaría a los haberes jubilatorios mínimos tomando como parámetro para ello el monto del Salario Mínimo, Vital y Móvil.

Que el citado Proyecto de Ley ya tenía media sanción, habiendo sido aprobado por la Honorable Cámara de Diputados de la Nación con 135 votos positivos, 89 rechazos y 17 abstenciones.

Que, además, cuenta con el aval de los ciudadanos, quienes han manifestado su apoyo mediante 150.000 firmas recolectadas en todo el país, incluyendo nuestra ciudad.

Que es indiscutiblemente justo y necesario reconocer el trabajo de toda una vida de más de 5.000.000 de jubilados, abonándoseles lo que les corresponde en derecho percibir para poder alcanzar un nivel de vida digno.

Que el Proyecto ha sido consensuado por diversos bloques de la oposición, encontrando una resistencia injustificada en el bloque oficialista.

Que está claramente probado, que existe el dinero suficiente para hacer frente a las erogaciones que generaría la aprobación de la iniciativa, lo que torna absolutamente inconsistente la posición asumida por el PJ - Frente Para la Victoria.

Que la sanción, promulgación y cumplimiento de la normativa citada implicaría saldar una ineludible "Deuda Interna" existente para con millones de Jubilados y Pensionados de nuestro país.

Que, es necesario que nuestros Senadores asuman la función de legislar para el interés general de la población, y no el interés particular y egoísta de un gobierno que ha demostrado no tener la voluntad de brindarle una vida digna e igualitaria a millones de argentinos.

Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde al Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

MINUTA DE DECLARACIÓN Nº 141

Art. 1).- DECLÁRASE el apoyo de éste Concejo Municipal a la Ley que establece la aplicación a los haberes jubilatorios del 82 % móvil, porcentaje que en relación a las jubilación mínimas se haría efectivo tomando como parámetro el monto del Salario Mínimo, Vital y Móvil.

Art. 2).- SOLICÍTASE a la Sra. Intendente Municipal, requiera de la Sra. Presidente de la Nación, no haga uso del veto respecto de la citada Ley.

Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, remítase copias al Poder Ejecutivo Provincial, Honorables Cámaras de Senadores y Diputados de la Provincia, Poder Ejecutivo Nacional y Honorables Cámaras de Senadores y Diputados de la Nación.

SALA DE SESIONES, Octubre 14 de 2010.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     RAFAEL ANTONIO DE PACE
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.