VISTO:
La Carrera Pedestre nocturna “Esperanza Corre” a desarrollarse el 12 de febrero de 2011 en nuestra ciudad y,
CONSIDERANDO:
Que la misma es organizada por el Grupo “Esperanza Corre” y la Asociación Vecinal Zona Oeste, y fiscalizada por la Asociación Santafesina de Atletismo.
Que es la primera carrera nocturna a desarrollarse en nuestra Ciudad, lo que agrega un atractivo especial al evento.
Que podrán participar del evento, personas de diferentes edades en distintas categorías, a saber:
Infantiles (Sub 14)
Cadetes (Sub 16)
Menores (Sub 18)
Juveniles (Sub 20)
Sub 23
Mayores A (23 a 29 años)
Mayores B (30 a 39 años)
Mayores C (40 a 44 años)
Mayores D (45 a 49 años)
Mayores E (50 a 54 años)
Mayores F (55 a 59 años)
Mayores G (60 a 64 años)
Mayores H (65 años en adelante)
Espaciales
Integrativa
Se subdividirá asimismo por sexo masculino y femenino, y por distancias, dependiendo de las categorías.
Que de dicha competencia participan una gran cantidad de corredores de la región, quienes realizan una actividad beneficiosa para la salud del ser humano.
Que éste tipo de actividades generan movimientos en la economía de la Ciudad, beneficiando a distintos sectores.
Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756 corresponde a este Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.
EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
MINUTA DE DECLARACIÓN Nº 148
Art. 1).- DECLÁRESE de Interés de éste Concejo Municipal, la carrera pedestre nocturna “Esperanza Corre”, a realizarse el próximo 12 de febrero, a las 21:30.
Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Diciembre 09 de 2010.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | RAFAEL ANTONIO DE PACE | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |