Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Minuta de Declaración 26-09-2013

VISTO:

Que la Ley Nacional 26.541 establece como DÍA DEL EMPLEADO DE COMERCIO el 26 de setiembre de cada año, y

CONSIDERANDO:

Que el Art. 1º) de la mencionada norma legal dispone textualmente:

Establécese como descanso para los empleados de comercio el día 26 de setiembre de cada año, en que se conmemora el Día del Empleado de Comercio”.

Que a su vez el Art. 2º) dice: “En dicho día los empleados de comercio no prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales”.

Que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia, se ha expedido reiteradamente sobre la interpretación oficial de ese Ministerio, acerca de los alcances de la Ley 26.541 y advierte que: “Art.1º) – Que el día 26 de setiembre de 2011 el personal alcanzado por el convenio colectivo Nº 130/75, en cualquiera de sus ramas, no debe prestar servicios con motivo de conmemorarse el Día del empleado de comercio, en un todo de acuerdo a lo estatuido en la Ley Nacional Nº 26541 y la interpretación oficial de este Ministerio, en beneficio del personal trabajador dependiente”.

Que en todos las ramas del trabajo y de la industria, los trabajadores nucleados en los diferentes gremios, festejan anualmente su día.

Que el Centro Empleados de Comercio de Esperanza, fundado el 25 de julio de 1944, Personería Jurídica-Gremial nº 1260, con una importante cantidad de mujeres y hombres adheridos, viene llevando a cabo una lucha incansable en pos de asegurar y/o reivindicar los derechos y conquistas de los trabajadores del comercio.

Que al celebrarse el 26 de setiembre el DÍA DEL EMPLEADO DE COMERCIO, recordando la sanción en el año 1933 de la Ley Nacional 11729 por la cual se consagraban muchos e importantes derechos de los trabajadores, el Centro Empleados de Comercio de Esperanza solicita la adhesión de este Cuerpo Legislativo a los actos programados;

Que en virtud de las facultades legislativas que le otorga la Ley Orgánica Nº 2756, corresponde al Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

MINUTA DE DECLARACION Nº 229

Art. 1).- DECLÁRASE la ADHESIÓN del CONCEJO MUNICIPAL DE ESPERANZA al DÍA DEL EMPLEADO DE COMERCIO que se celebra el 26 de setiembre de 2013, en el marco de la Ley Nacional 26.541/09 y disposiciones concordantes.

Art. 2).- REMÍTASE copia autenticada al Centro Empleados de Comercio de Esperanza.

Art. 3).- Comuniquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Septiembre 26 de 2013.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     RAFAEL ANTONIO DE PACE
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.