Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Minuta de Comunicación 13-08-2020

VISTO:

Que se autorizó a la Municipalidad de Esperanza a integrar el Programa “Conjuntos Urbanos Integrados” en el marco del Plan Nacional de Vivienda.

CONSIDERANDO:

Que se logró dicho Programa a través de una iniciativa público – privada que llevó adelante el Gobierno local junto al Gobierno Nacional del ex Presidente, Ing. Mauricio Macri en el año 2018 para financiar la construcción de 120 viviendas, cuya Ordenanza correspondiente fue aprobada por el Concejo Municipal.

Que el Concejo Municipal sancionó en la fecha 17 de Septiembre de 2018 la Ordenanza N° 3995 que establece que la Municipalidad de Esperanza podrá integrar el Programa “Conjuntos Urbanos Integrados”, el cual se desarrolla dentro del marco del Plan Nacional de Vivienda, con el objetivo de dar una respuesta ante la situación de déficit habitacional que se presenta en la ciudad.

Que la Ordenanza fue aprobada, la licitación realizada y adjudicada a la empresa ganadora. Además, toda la documentación fue presentada en su momento a Nación lo que permitió, de este modo, poder obtener la factibilidad técnica y financiera que logró la firma del convenio. Este último estableció que el Municipio local aporte la tierra, el Gobierno Nacional el financiamiento para 48 viviendas de carácter social y el privado que ejecuta la construcción se encargue de la comercialización de las restantes viviendas hasta llegar a las 120 casas del proyecto.

Que el pasado 10 de diciembre de 2019 se produjo el cambio de Gobierno a Nivel Nacional, es importante dar una respuesta concreta a los vecinos debido a que la obra de las 120 viviendas se encuentra paradas y por lo tanto no se han producido avances y ejecución alguna.

Que tener una vivienda propia es un sueño que hoy se hace cada vez más difícil de concretar para muchas familias y que los constantes vaivenes de la economía nacional hacen inviable cualquier alternativa de créditos.

Que este Plan de Viviendas es el primero que se ejecutará en el país y permitirá indudablemente lograr soluciones en un tema tan trascendental como lo es la vivienda propia en una ciudad que está en permanente estado de crecimiento y desarrollo.

Que el Plan Habitacional estará ubicado en una fracción de terreno que es propiedad de la Municipalidad de Esperanza.

Que el tiempo estimativo de obra se venció, ya que el Municipio en su momento anunció que en menos de un año estaría cristalizado dicho proyecto según previsiones de la licitación. A raíz de ello, las familias que debieron anotarse en  el Instituto Municipal del Hábitat aún siguen esperando una respuesta que les garantice la realización del sorteo final y que de ser seleccionados puedan tener su vivienda propia en la Zona Norte - Barrio La Orilla de la ciudad de Esperanza.

Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley N° 2756 corresponde al Concejo Municipal sancionar la norma legal pertinente.

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 601

Art. 1).- SOLICÍTASE, al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, eleve a este Concejo Municipal un informe en el que se detalle si las obras que contemplan la construcción de las 120 viviendas podrán seguir su marcha, teniendo en cuenta el cambio de Gobierno a Nivel Nacional. De ser esto posible, se les deberá informar a los vecinos fecha estipulada para su continuidad y plazos de realización de las mismas.

Art. 2).- ELÉVESE con los Considerandos precedentes.

Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Agosto 13 de 2020.-

ES COPIA FIEL



 
OMAR C. STEFFEN     Dr. VÍCTOR MANUEL ELENA
a/c de la Secretaría H.C.M.     Presidente H.C.M.

Relacionada con:
Fecha Sanción Título Observaciones Acciones
17-09-2018 Ordenanza N° 3995 Ver Ordenanza N° 3995Imprimir Ordenanza N° 3995Descargar Ordenanza N° 3995 en PDF

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