Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Minuta de Declaración 13-08-2020

VISTO:

Que la Resolución 70/1 del 25 de Septiembre de 2015, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas, adoptó la llamada “Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible” y los “Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)”, basada en cinco dimensiones fundamentales: personas, prosperidad, planeta, participación colectiva y paz, y

CONSIDERANDO:

Que dicha Resolución de las Naciones Unidas (ONU) establece que la Agenda 2030 “es un plan de acción en favor de las personas, el planeta y la prosperidad”, con el objetivo de “fortalecer la paz universal dentro de un concepto más amplio de la libertad” y que reconoce que “la erradicación de la pobreza en todas sus formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema, es el mayor desafío a que se enfrenta el mundo y constituye un requisito indispensable para el desarrollo sostenible.”

Que con el fin de lograr el desarrollo sostenible plantea que es fundamental armonizar tres elementos centrales: el crecimiento económico, la inclusión social y la protección ambiental. Elementos interconectados y fundamentales para el bienestar de los individuos y las sociedades.

Que la Agenda 2030 ha definido 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) con 169 metas, que fueron aprobados por 193 Estados miembros de las Naciones Unidas.

Que estos objetivos integran todas las dimensiones del desarrollo sostenible: la económica, la ambiental y la social, y se basan en un enfoque de derechos con su carácter de integralidad.

Que su naturaleza global de aplicación y su universalidad involucra a países de desarrollo y capacidad diferentes y promueve el respeto de las políticas y prioridades nacionales.

Que la Agenda 2030 y los ODS incorporan los desafíos globales a los que nos enfrentamos día a día, como la pobreza, la desigualdad, el clima, la degradación ambiental, la prosperidad, la paz y la justicia.

Que la Agenda fue presentada oficialmente en la Cancillería Argentina, el 14 de Marzo de 2016 y que, en el marco de su cumplimiento, el Estado Argentino inició un trabajo de adaptación de dichos Objetivos y metas a la realidad nacional.

Que la Nación, por medio del Decreto Nº 499/17, dispuso que el “Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación” será el Organismo responsable de coordinar las acciones necesarias para la efectiva implementación de la “Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, teniendo por finalidad coordinar los procesos de adecuación a los ODS en las distintas instancias gubernamentales.

Que la Provincia de Santa Fe firmó con el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales el Convenio de colaboración para el desarrollo de los ODS en Marzo de 2017, en el que manifiesta su interés en adherir a la iniciativa plasmada en la Agenda 2030 y a realizar los esfuerzos necesarios para el logro de los Objetivos y Metas asumidos por el país.

Que la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe tiene en estudio la creación de la Unidad Ejecutora de los Objetivos de Desarrollo Sostenible Agenda 2030 con el objetivo de “rastrear, reunir y ofrecer a la comunidad en general, toda información sobre la actividad de esta Cámara relacionada con las Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la Agenda 2030.

Que esta Unidad Ejecutora tendrá también por objetivo, planificar y controlar la ejecución de las políticas públicas vinculadas a los ODS y capacitar en materia de ODS a los miembros de esa Honorable Cámara de Diputados de Santa Fe, como a cualquier institución estatal o intermedia que así lo requiera.

Que Naciones Unidas Argentina, a través de un comunicado, manifestó su apoyo y ha declarado de interés la concreción de la mencionada Unidad Ejecutora de los ODS, Agenda 2030 a nivel provincial.

Que el cumplimiento de los ODS debe ser una tarea conjunta de los distintos poderes del Estado y se deben articular medidas entre diferentes jurisdicciones y sectores para alcanzar dichas metas.

Que la ONU y diversas organizaciones municipalistas del mundo coinciden en que la lucha por el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 se ganará o se perderá en las comunidades y las ciudades, es decir, en territorios municipales.

Que el Municipio de Esperanza posee un alto potencial para generar intervenciones de política pública con un impacto directo sobre la calidad de vida de la ciudadanía, lo que lo convierte en un actor ineludible frente al desafío de alcanzar los objetivos y metas propuestas para el año 2030.

Que en este contexto, resulta indiscutible que el estado local oriente su gestión y el diseño e implementación de sus políticas públicas teniendo como norte a la Agenda 2030 y sus 17 ODS.

Que este Cuerpo Legislativo tiene una posición clave en el proceso de implementación de la Agenda 2030 y el cumplimiento de los ODS en la ciudad.

Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde al Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

MINUTA DE DECLARACIÓN Nº 394

Art 1).- ADHIÉRASE y DECLÁRASE de INTERÉS del Concejo Municipal de Esperanza, la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Agosto 13 de 2020.-

ES COPIA FIEL



 
OMAR C. STEFFEN     Dr. VÍCTOR MANUEL ELENA
a/c de la Secretaría H.C.M.     Presidente H.C.M.