Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Ordenanza 09-06-2005

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA Nº  3435

Art. 1).- AGRÉGASE al ítem 2.2.) del inciso 2) VIVIENDA BIFAMILIAR del Artículo 1 de la Ordenanza Nº 3260/00, el punto b), según el texto que sigue:

“2.2.

b) Las parcelas /lotes ubicados en el Distrito C1 y en los sectores comprendidos entre calles Belgrano, Berutti y Sarmiento, ambos frentes, y entre calles Belgrano, Castelli y Sarmiento, ambos frentes.”

Art. 2).- AGRÉGASE al inciso 3) VIVIENDA COLECTIVA Y/O MULTIFAMILIAR del Artículo 1) de la Ordenanza Nº 3260/00, el ítem 3.4.), según el texto que sigue:

“3.4.) Quedan excluidos del cumplimiento de lo establecido en el ítem 3.1. de la presente, los edificios para viviendas colectivas y/o multifamiliares hasta 4 (cuatro) unidades en un mismo predio o lote y que se encuentren ubicados en el Distrito C1, y en los sectores comprendidos entre calles Belgrano, Berutti y Sarmiento, ambos frentes, y entre calles Belgrano, Castelli y Sarmiento, ambos frentes.”

Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.

SALA DE SESIONES, Junio 09 de 2005.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     ANA ISABEL COPES
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.

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Fecha Sanción Título Observaciones Acciones
18-05-2000 Ordenanza N° 3260 Ver Ordenanza N° 3260Imprimir Ordenanza N° 3260Descargar Ordenanza N° 3260 en PDF

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09-12-2019 Ordenanza N° 4045 Ver Ordenanza N° 4045Imprimir Ordenanza N° 4045Descargar Ordenanza N° 4045 en PDF

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