VISTO
La Ley Provincial Nº 9749/85, sancionada al pasado 10 de Octubre, y
CONSIDERANDO:
Que dicha Ley instituye como día del Trabajador Municipal y Comunal de la Provincia de Santa Fe, el 8 de noviembre de cada año.-
Que es justo otorgar a todo trabajador la posibilidad de festejar en un marco de sana camaradería y en familia su día.-
Que para que ello sea realmente posible este Concejo entiende que es conveniente declarar día no laborable el próximo 8 de noviembre a efectos de que puedan disponer del día.-
EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA EL SIGUIENTE
DECRETO Nº 30
Art. 1º).-DECLÁRASE DÍA NO LABORABLE para todo el personal de la Municipalidad de Esperanza, el próximo 6 de noviembre por conmemorarse el “Día del Trabajador Municipal”.-
Art. 2º).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, noviembre 6 de 1985.-
M. NORMA R. de PORTMANN | LUIS E. MACIEL | |
Secretaria | Presidente |