EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 3454
Art. 1).- DECLÁRASE de UTILIDAD PÚBLICA la EJECUCIÓN de la obra de PAVIMENTO y CONSTRUCCIÓN de OBRAS COMPLEMENTARIAS CONEXAS de:
½ calzada de calle 72-Alem en el tramo comprendido entre la intersección con Ruta Provincial Nº 6 y el actual acceso a la Firma CORLASA “Compañía Regional de Lácteos Argentina Sociedad Anónima”, en una extensión aproximada de 400 metros.
Art. 2).- La obra a que refiere la presente Ordenanza será ejecutada por el Sistema de Administración Municipal.
Art. 3).- El pavimento será de hormigón simple con cordones integrales. El espesor, pendientes, anchos de calzada y obras complementarias serán ejecutados conforme las características y especificaciones detalladas obrantes a fojas 1 y 2 y croquis de fojas 4, 5, 6 y 7 del expediente de la referencia, los que se adjuntan y forman parte de la presente.
Art. 4).- La obra se ejecutará bajo la inspección técnica permanente de la Secretaría de Obras y Planeamiento.
Art. 5).- La totalidad de los costos que demande la obra indicada en el Art. 1) de la presente estará a cargo de la firma CORLASA.
Art. 6).- En el supuesto de que en el futuro se ejecute la construcción de la ½ calzada restante en el tramo indicado en el Art. 1) mediante el Sistema de Contribución por Mejoras, la Firma CORLASA no resultará comprendida en dicho sistema.
Art. 7).- La conservación permanente del pavimento estará a cargo de la Municipalidad conforme con lo establecido en el artículo 3º de la Ley Provincial Nº 2127.
Art. 8).- Para todo lo no previsto en la presente Ordenanza regirán las disposiciones de la Ley de Obras Públicas Nº 5188 y su Decreto Reglamentario como asimismo, el Art. 8º de la Ordenanza Municipal Nº 1889/73.
Art. 9).- DISPÓNESE que los montos que demande la ejecución de la obra especificada en el Art. 1) sean incorporados a los convenios autorizados para su firma según Ordenanza Nº 3452/05.
Art. 10).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Diciembre 29 de 2005.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | JOSE CARLOS ANDREOLI | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |
Fecha Sanción | Título | Observaciones | Acciones |
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15-12-2005 | Ordenanza N° 3452 |