EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 3457
Art. 1).- MODIFÍCASE el Art. 2) de la Ordenanza N° 3070/95, texto modificado por Ordenanza N° 3174/97 y Ordenanza N° 3331/02, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 2).- La mencionada transferencia se efectúa con el cargo de que el Superior Gobierno de la Provincia, a través de sus organismos competentes, disponga la construcción del edificio donde funcionará el Jardín de Infantes Nucleado N° 98 “Dr. Esteban L. Maradona” de Esperanza, Santa Fe, en un plazo no mayor de 3 años a contar de la promulgación de esta norma legal”.
Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Mayo 04 de 2006.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | JOSE CARLOS ANDREOLI | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |
Fecha Sanción | Título | Observaciones | Acciones |
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01-08-1995 | Ordenanza N° 3070 | ||
02-10-1997 | Ordenanza N° 3174 | ||
11-04-2002 | Ordenanza N° 3331 |