EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 3499
Art. 1).- ACÉPTASE la DONACIÓN ofrecida por la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO, del MINISTERIO DE OBRAS, SERVICIOS PÚBLICOS Y VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, instrumentada mediante Resolución Nº 0062 recaída en expediente Nº 15201-0118018-6 del Sistema de Información de Expedientes de la Provincia de Santa Fe, de los TERRENOS ubicados en la Concesión 51 Oeste de la ciudad de Esperanza, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, que según Proyecto de Plano de Mensura y Subdivisión obrante a fojas 23, confeccionado por el Agrimensor Ricardo Pedro Perco (el que se adjunta y forma parte de la presente), se individualizan como Lotes “C1”, “C2”, “C3”, “C4”, “W” de la manzana “O”, “E” de la Manzana “N” y Nº 14 de la Manzana 5, y tienen los siguientes destinos, identificaciones y superficies:
• Lote “C1”, correspondiente a la prolongación de calles 120- G. Alvear; 81- R.G. Videla y 79- J.J. Paso
Determinado por el polígono irregular A, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, A del Plano aludido.
Superficie 5.237,05 m2.
• Lote “C2”, correspondiente a la prolongación de calles 122- Balcarce; 81- R.G. Videla y 79- J.J. Paso
Determinado por el polígono irregular 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 15 del Plano aludido.
Superficie 4.365,53 m2.
• Lote “C3”, correspondiente a la prolongación de calles 124- Pringles; 81- R.G. Videla y 79- J.J. PasoDeterminado por el polígono irregular 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 24 del Plano aludido.
Superficie 4.365,67 m2.
• Lote “C4”, correspondiente a la prolongación de calles 126- Las Heras; 81- R.G. Videla y 79- J.J. PasoDeterminado por el polígono irregular 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, D, 33 del Plano aludido.
Superficie 4.467,90 m2.
Determinado por el polígono regular 1, 4, 3, 2, 1 del Plano referenciado.
Superficie 2.115,54 m2.
Determinado por el polígono regular 5, B, 7, 6, 5 del Plano referenciado.
Superficie 1.057,57 m2.
Superficie 388,62 m2.
Art. 2).- Los gastos de mensura y escrituración y/o inscripción dominial correrán por cuenta del donante.
Art. 3).- A los efectos de incorporar al patrimonio municipal la fracción donada, DISPÓNESE la aplicación del Punto 3.7. de la Ordenanza 2916/92.
Art. 4).- Se aclara que el Plano de Mensura y Subdivisión será visado una vez ejecutadas la totalidad de las obras entre las que se encuentran las de electrificación (expediente Nº 126063-P-06) y red de agua potable (expediente Nº 128499-E-06), como así también cuando se haya verificado la ejecución de las obras de alcantarillado, cuneteo y conformado de calles y cumplimentado la totalidad de los requisitos estipulados en la Ordenanza Nº 2916/92.
Art. 5).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Agosto 30 de 2007.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | VICTOR MANUEL LANG | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |