Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Ordenanza 22-11-2007

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA Nº 3506

Art. 1).- CRÉASE en el ámbito del Municipio de Esperanza el CONSEJO ASESOR de la TERCERA EDAD.

Art. 2).- El Consejo Asesor de la Tercera edad estará integrado por:

2 (Dos) representantes (Titulares y Suplentes) de las entidades representativas de Jubilados, pensionados y de la Tercera edad de la ciudad de Esperanza

1 (Un) representante del D.E.M. perteneciente al área de Promoción social.

1 (Un) representante por cada bloque político del Concejo Municipal

Art. 3).- El Consejo Asesor, tendrá las funciones que se detallan a continuación:

a) Asesorar al D.E.M., en cuanto al funcionamiento de las prestaciones que se brindan desde el municipio dirigidas al estamento de la tercera edad.

b) Sugerir el diseño de las politicas sociales y la líneas prioritarias de acción para el sector de personas mayores.

c) Participar en la identificación de las necesidades específicas de la tercera edad, respetando particularidades.

d) Participar en el diseño y la selección de áreas prioritarias de acción

e) Impulsar acciones conducentes al relevamiento de la información referida a las personas de la tercera edad, instituciones, recursos, programas, servicios, legislación, investigación y estudios; proponiendo la constitución y fortalecimiento de centros de documentación y bases de datos pertinentes.

f) Proponer y promover la actualización permanente de los diagnósticos cuantitativos y cualitativos de la situación de las personas mayores para la reformulación y diseño de acciones, en las diferentes áreas (Vivienda-Salud-Capacitación).

g) Participar en el relevamiento, análisis y sugerencias de las acciones que se lleven a cabo en la implementación de las políticas relativas a adultos mayores.

h) Coordinar y controlar los recursos que le sean asignados a las areas de competencia y proponer alternativas de optimización de los mismos.

i) Promover el desarrollo de campañas de concientización de la comunidad sobre el envejecimiento, las potencialidades y problemática de la vejez.

j) Proponer un sistema de interconsultas y trabajos interdisciplinarios, con organismos del estado y/o instituciones en materias relacionadas con las personas mayores.

k) Propiciar un organismo de contralor sobre instituciones geriátricas estatales y privadas que permitan cumplir con lo establecido por la legislación provincial y nacional respectiva.

l) Constituir comisiones destinadas al estudio de determinados asuntos en razón de los temas y de su trascendencia y cuerpos afines.

m) Impulsar la legislación vigente, provincial y/o municipal, referida a la tercera edad, a que la normativa se mantenga actualizada, sugiriendo en tal sentido las modificaciones pertinentes, para ser incorporadas resguardando los derechos de todos los adultos mayores.

n) Coordinar el tratamiento de temas de interés común con otros consejos de ciudades o localidades del Depto. Las Colonias, a los fines de conformar una política departamental, y provincial que respete las particularidades de cada ciudad o región.

o) Difundir información sobre programas y proyectos existentes y experiencias exitosas e innovadoras, referidas a la integración del mayor adulto, al campo del trabajo (Remunerado o Voluntario).

p) Celebrar los convenios que se estime conveniente.

q) Promover las relaciones intergeneracionales.

r) Evaluar los resultados logrados en la aplicación de las políticas y las acciones propuestas.

Art. 4).- El Consejo Asesor Municipal de la Tercera Edad, designará de entre sus miembros una comisión redactora de las normas reglamentarias de funcionamiento del mismo, las que quedarán sujetas a aprobación del Concejo Municipal.

Art. 5).- Los integrantes del Consejo Asesor, ejercerán sus funciones con carácter “ad-honorem” y designarán sus autoridades de entre sus miembros.

Art. 6).- Todas las resoluciones que el Consejo Asesor tomare, deberá contar con la aprobación final del Concejo Municipal.

Art. 7).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Noviembre 22 de 2007.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     VICTOR MANUEL LANG
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.