EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 3570
Art. 1).- PRORRÓGASE por 1 (un) año a partir de la sanción de la presente, el plazo otorgado por el Art. 1) de la Ordenanza Nº 3550/08, para la elaboración del Proyecto Ejecutivo que el Art. 2) de la Ordenanza Nº 3449/05, encomienda a la Comisión Promotora de Áreas Industriales de Esperanza,
Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Junio 25 de 2009.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | Dr. ANDRÉS JAVIER GRENÓN | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |
Fecha Sanción | Título | Observaciones | Acciones |
---|---|---|---|
01-12-2005 | Ordenanza N° 3449 | ||
18-12-2008 | Ordenanza N° 3550 |