EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 3581
Art. 1).- PROHÍBESE en el ámbito de la ciudad de Esperanza, el ingreso, utilización y/o exhibición, sea de carácter temporario o permanente, de animales vivos de la fauna autóctona y exótica, en espectáculos, exposiciones y/o sitios de entretenimientos o entrenamiento, ya sea con fines comerciales, benéficos y/o didácticos, y como atractivo en forma primaria o secundaria en números artísticos, o bien, la simple exhibición de especies en cautiverio.
Art. 2).- En cuanto a la prohibición prevista en el Artículo 1, se excluye a los animales vivos que se encuentren alojados en áreas protegidas y reservas faunísticas, debidamente autorizadas y fiscalizadas por la Dirección General de Ecología y Protección de la Fauna de la Provincia de Santa Fe.
Art. 3).- Se excluyen también de la prohibición establecida en el Art. 1), las demostraciones o exposiciones de animales domésticos, de granja o campo.
Art. 4).- La Secretaria de Servicios Públicos, a través de la División Saneamiento, ejercerá las funciones de autoridad de aplicación de la presente Ordenanza, y serán sus funciones y atribuciones:
a.- Controlar el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente.
b.- Disponer el secuestro de los animales utilizados con el objeto descripto en el Artículo 1.
c.- Aplicar clausuras.
d.- Arbitrar las medidas tendientes a la liberación de los animales, en caso que tal situación resulte posible, o el adecuado alojamiento de los animales secuestrados.
e.- Cumplir con toda otra función que le asigne la reglamentación.
f.- Realizar convenios, de ser necesario, para la aplicación de la presente normativa, con el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio de la Provincia de Santa Fe u otras Provincias y la Facultad de Ciencias Veterinarias de la Universidad Nacional del Litoral.
Art. 5).- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a reglamentar la presente.
Art. 6).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Noviembre 12 de 2009.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | Dr. ANDRÉS JAVIER GRENÓN | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |