EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 3629
Art. 1).- APRUÉBASE la ampliación en el Área Urbana, conforme inc. 3.2.3. CAPÍTULO III - CREACIÓN Y AMPLIACIÓN DE ÁREAS URBANAS SUBDIVISIÓN DEL SUELO, Ordenanza Nº 2916/92.
Art. 2).- AGRÉGASE al Art. 2) de la Ordenanza Nº 2995/93, el Distrito Residencial Paisajístico Prima - 1, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Distrito RP*-1: el comprendido por las siguientes calles: prolongación de 84- Tierra del Fuego, 155- P. Besson, límite Norte parcelas según partida Impuesto Inmobiliario Nº 09-16-00078451/0003 y 078451/0002, límite Este parcela según partida Impuesto Inmobiliario Nº 078451/0002, prolongación de 84- Tierra del Fuego”.
Art. 3).- MODIFÍCASE del Art. 4) de la Ordenanza Nº 3494/07 DISTRITOS DE RESERVAS PARA RESIDENCIALES el Distrito RRP*-1, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Distrito RRP*-1: el comprendido por las siguientes calles: 155- P. Besson, 72- Ecuador, 161- Bottai, prolongación de 84- Tierra del Fuego, límite Distrito RP*-1”.
Art. 4).- MODIFÍCASE la PLANCHETA Nº 11 de la Ordenanza Nº 3571/09 en un todo de acuerdo con lo establecido en los Art. 2) y Art. 3) de esta norma legal. Se adjunta croquis que forma parte de la presente.
Art. 5).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Diciembre 02 de 2010.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | RAFAEL ANTONIO DE PACE | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |
Fecha Sanción | Título | Observaciones | Acciones |
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19-10-1993 | Ordenanza N° 2995 | ||
14-06-2007 | Ordenanza N° 3494 | ||
14-07-2009 | Ordenanza N° 3571 | ||
18-12-2014 | Ordenanza N° 3835 |