Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Ordenanza 23-12-2011

Ref. Expte. Nº 170000-D-11.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA Nº 3681

Art. 1).- SOLICÍTASE al Gobierno Provincial, en el marco de la Ley Nº 12.385, su Modificatoria Ley 12.744 y sus Decretos Reglamentarios, el aporte de fondos no reintegrables para la realización del proyecto: “RESTAURACIÓN Y PUESTA EN VALOR DEL EDIFICIO DE CORREOS DE ESPERANZA”- ETAPAS INICIALES:

• Recalce estructural: consiste en un refuerzo estructural al sector de fundaciones verificado como crítico, a través de un sistema de micropilotaje ubicado por debajo de las columnas donde se superaron las tensiones admisibles del suelo, reduciendo al mínimo la posibilidad de nuevos asentamientos. Esta modalidad es considerada como la menos invasiva y discreta para realizar en un edificio de estas características. Monto: $ 400.000.-

• Cubiertas del Edificio: consiste en realizar una minuciosa revisión y reparación de las cubiertas a recuperar, tanto de la cubierta accesible (sobre 2º piso - terraza) como de la cubierta inaccesible (sobre vivienda – espacios técnicos), tendiendo a recuperar la capacidad hidrófuga de los materiales así como proveer un correcto drenaje, en modo de disminuir la posibilidad de filtraciones. Asimismo es fundamental que los sumideros, rejillas o conductos internos de desagüe pluvial existentes sean verificados de modo que garanticen un funcionamiento eficiente. Monto: $ 400.000.-

• Colocación de nuevas aberturas exteriores: consiste en proveer y colocar nuevas aberturas exteriores del edificio, para impedir el ingreso de agua de lluvia y demás agentes naturales, las cuales se realizarán de acuerdo a lo establecido en el pliego de bases y condiciones. Monto: $118.000.-

Art. 2).- FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a gestionar los fondos necesarios y a convenir con el Gobierno Provincial el financiamiento total o parcial del proyecto para la construcción de obras de infraestructura de carácter comunitario que se menciona en el Art. 1).- y cuya ejecución se aprueba en este acto administrativo.

Art. 3).- AUTORÍZASE la realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Ordenanza.

Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Diciembre 23 de 2011.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     RAFAEL ANTONIO DE PACE
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.