EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 3685
Art. 1).- MODIFÍCASE el Art. 2) de la Ordenanza 3449/05 el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 2).- La Comisión Promotora designada por Art. 1), tendrá por misión elaborar el Proyecto Ejecutivo y, en tal sentido, determinar la/s ubicación/es geográfica/s, los mecanismos para obtener la propiedad del / de los terreno/s más adecuado/s, obras básicas a realizar, financiación, incentivos y demás condiciones y reglamentaciones que resulten necesarias, así como realizar todas las acciones tendientes a lograr tales propósitos, en el más amplio marco de consulta, participación de la comunidad y de los equipos técnicos expertos en el tema y con el asesoramiento del Ministerio de la Producción. El Proyecto Ejecutivo se enmarcará en lo establecido en la Ley Nº 11525, su modificatoria, decretos reglamentarios, así como toda norma municipal y/o provincial y/o nacional de promociones concordantes.”
Art. 2).- OTÓRGASE hasta el 31 de Diciembre de 2012 el plazo otorgado para el cumplimiento de la misión establecida a la Comisión Promotora “Área/s Industrial/es de Esperanza” en el art. 2) de la Ordenanza 3449/05, a contarse desde la sanción de la presente.
Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Marzo 1º de 2012.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | RAFAEL ANTONIO DE PACE | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |
Fecha Sanción | Título | Observaciones | Acciones |
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01-12-2005 | Ordenanza N° 3449 | ||
22-03-2012 | Ordenanza N° 3688 | ||
28-12-2012 | Ordenanza N° 3745 |