Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Ordenanza 22-11-2012

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA Nº 3734

Art. 1).- ADHIÉRESE la Municipalidad de Esperanza, a la Ley Provincial Nº 13.190/2011 en todos sus términos.

Art. 2).- Con intervención de la Subsecretaría de Promoción Social del Municipio, dispónese el empadronamiento de todas las personas con celiaquía en la ciudad de Esperanza, a los efectos de trazar las políticas de salud adecuadas.

Art. 3).- LLÉVESE adelante una amplia campaña de difusión de la Ley Nº 13.190 y de la adhesión de la Municipalidad de Esperanza a la misma.

Art. 4).- FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo a reglamentar la aplicación concreta de la presente Ordenanza.

Art. 5).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Noviembre 22 de 2012.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     RAFAEL ANTONIO DE PACE
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.