EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 3745
Art. 1).- OTÓRGASE hasta el 31 de Diciembre de 2013 el plazo otorgado para el cumplimiento de la misión establecida a la Comisión Promotora “Área/s Industrial/es de Esperanza” en el Art. 2) de la Ordenanza 3685 Bis/12, a contarse desde la sanción de la presente.
Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Diciembre 28 de 2012.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | RAFAEL ANTONIO DE PACE | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |
Fecha Sanción | Título | Observaciones | Acciones |
---|---|---|---|
01-03-2012 | Ordenanza N° 3685 Bis |