EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 3756
Art. 1).- INCORPÓRASE al PATRIMONIO PRIVADO de la MUNICIPALIDAD DE ESPERANZA y AUTORÍZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO a realizar todas las gestiones que sean necesarias y por ante las autoridades, organismos o dependencias que correspondan, a fin de inscribir el dominio a nombre de la MUNICIPALIDAD DE ESPERANZA, como primera escritura, o la forma que jurídicamente sea procedente, de la FRACCIÓN DE TERRENO identificada como SOBRANTE, ubicada en 26- Dr. Martínez Nº 1441, Concesión Nº 07 C, Manzana 51, Parcela 4 (sobrante) de la ciudad de Esperanza, que de acuerdo con el Catastro Municipal tiene las siguientes medidas y linderos: su frente al Norte: aproximadamente 6,90 m lindando con calle 26- Dr. Martínez con igual contrafrente al Sur, lindando con más terreno sobrante; por 39,40 m de fondo, lindando al Este con los lotes 20, 3 y parte del 4 y al Oeste con terreno propiedad de la Confederación Evangélica Bautista.
Las medidas definitivas serán las que surjan del Plano de Mensura que mandarán a confeccionar los nuevos propietarios. La fracción le corresponde a la Municipalidad de Esperanza según lo establecido en los Arts. 2342 inciso 1) y 2344 del Código Civil y Art. 5° y 45° de la Ley Nº 2756.
Art. 2).- El Escribano que resulte sorteado será el encargado de realizar todas las gestiones a fin de cumplimentar la presente, todo de conformidad con la Circular Provincial 070/82 y otras disposiciones legales de aplicación.
Art. 3).- Se deja expresamente aclarado que el presente trámite resulta indispensable a los efectos de concretar la venta efectuada mediante subasta cerrada a favor de la Confederación Evangélica Bautista, conforme con lo dispuesto por la Ordenanza Nº 3438/05.
Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Mayo 16 de 2013.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | RAFAEL ANTONIO DE PACE | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |
Fecha Sanción | Título | Observaciones | Acciones |
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30-06-2005 | Ordenanza N° 3438 |