EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 3772
Art. 1).- PROHÍBESE en el ámbito de la MUNICIPALIDAD DE ESPERANZA, el USO DE AGROQUÍMICOS COMO MODO DE CONTROL DE LA VEGETACIÓN DE ESPACIOS VERDES URBANOS, sean éstos públicos o privados, y en su lugar sólo se realice control mecánico de la misma.
Art. 2).- SANCIONES: La transgresión a la presente norma legal será sancionada con las multas que establecen los apartados 2-1), 2-2) del Art. 10) de la Ordenanza Nº 2530/84.
Art. 3).- ENVÍESE copia de la presente, a otros municipios y comunas de la Provincia y a las autoridades provinciales a los efectos de lograr, la uniformidad normativa a nivel provincial y nacional, que garantice una eficaz seguridad jurídica en un tema de gran trascendencia en la actualidad.
Art. 4).- DERÓGASE la Ordenanza Nº 3053 del 15 de diciembre de 1994.
Art. 5).- DERÓGASE el Art. 6) de la Ordenanza Nº 3539/08.
Art. 6).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Septiembre 05 de 2013.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | RAFAEL ANTONIO DE PACE | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |
Fecha Sanción | Título | Observaciones | Acciones |
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15-12-1994 | Ordenanza N° 3053 | ||
13-11-2008 | Ordenanza N° 3539 |