EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 3780
Art. 1).- DISPÓNESE la ADHESIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE ESPERANZA a la Ley Nacional 25.415/01 y Normas Reglamentarias, declarándose por la presente de interés publico en todo el Distrito Esperanza “Programa Nacional de Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia”.
Art. 2).- El Departamento Ejecutivo desarrollará todas las acciones tendientes a facilitar el conocimiento de la presente Ordenanza a efectores de salud públicos y privados, como así también a entidades que nuclean a profesionales relacionados con su puesta en practica en forma progresiva: S.A.M.Co. Esperanza, Clínicas y Sanatorios Privados, Sociedad Medica, Pediatras, Fonoaudiologos, Otorrinolaringologos, etc.
Art. 3).- El Departamento Ejecutivo Municipal promoverá las acciones tendientes a interiorizar a las entidades intermedias que se interesen en la prevención de la hipoacusia, para la realización de un trabajo conjunto de concientización de toda la sociedad.
Art. 4).- Comuniquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Noviembre 07 de 2013.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | RAFAEL ANTONIO DE PACE | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |