EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 3839
Art. 1).- AGRÉGASE al final del Art. 1) de la Ordenanza Nº 2620/86 - Alumbrado Público lo siguiente:
“Grupo Nº 81”: Barrio Este
123- Ing. Gadda entre 90- M. Donnet y 86- A. Aufranc |
127- Combate de San Lorenzo entre 100- Avda. de los Colonizadores y 98- Chacabuco |
98- Chacabuco entre 127- Combate de San Lorenzo y 129- V. Sarsfield |
129- V. Sarsfield entre 100- Avda. de los Colonizadores y 98- Chacabuco |
123- Ing. Gadda entre 104- Lehmann y 98- Chacabuco |
117 Bis- Pje. Pasteur entre 104- Lehmann y 108- Cullen |
119- Gdor. Pujol entre 110- Güemes y 100- Av. Colonizadores |
119 Bis- Pje. Paillet entre 108- Cullen y 104- Lehmann |
123 Bis- Pje. Allín entre 102- A. Castellanos y 104- Lehmann |
108- Cullen entre 125- Rafaela y 125 Bis- Pje. Sargento Cabral |
119- Gdor. Pujol entre 114- 9 de Julio y 116- López y Planes |
121- Maipú entre 114- 9 de Julio y 116- López y Planes |
123- Ing. Gadda entre 114- 9 de Julio y 116- López y Planes |
“Grupo Nº 82”: Barrio Norte
66- F. Soutomayor entre 101- Simón de Iriondo y 97- Moreno |
68- Oroño entre 97- Moreno y 85- San A. Janssen |
70- A. Gabarret entre 91- Gdor. Crespo y 85- San A. Janssen |
97- Moreno entre 66- F. Soutomayor y 64- Ami Droz |
95- General Paz; 93- Lavalle; 91- Gdor. Crespo entre 68- Oroño y 70- A. Gabarret |
89- Saavedra y 87- B. Mitre entre 68- Oroño y 72- L. N. Alem |
“Grupo Nº 83”: Barrio Oeste
73- M. M. T. de Hohenfels entre 106- Castelli y 118- Dr. Gálvez |
75- W. Maradona entre 106- Castelli y 118- Dr. Gálvez |
77- Italia entre 98- 25 de Mayo y 100- Av. Córdoba |
77- Italia entre 110- Güemes y 118- Dr. Gálvez |
79- J. J. Paso entre 110- Güemes y 118- Dr. Gálvez |
81- R. G. Videla entre 114- 9 de Julio y 118- Dr. Gálvez |
108- Cullen entre 75- W. Maradona y 73- M. M. T. de Hohenfels |
110- Güemes entre 75- W. Maradona y 73- M. M. T. de Hohenfels |
112- M. Avellaneda entre 81- R. G. Videla y 73- M. M. T. de Hohenfels |
116- López y Planes entre 85- San A. Janssen y 73- M. M. T. de Hohenfels |
118- Dr. Gálvez entre 85- San A. Janssen y 73- M. M. T. de Hohenfels |
“Grupo Nº 84”: Barrio Sur
120- G. Alvear entre 79- J. J. Paso y 85- San A. Janssen |
124- Pringles entre 81- R. G. Videla y 85- San A. Janssen |
126- Las Heras entre 79- J. J. Paso y 85- San A. Janssen |
128- Soler entre 79- J. J. Paso y 85- San A. Janssen |
83- J. M. Estrada entre 120- G. Alvear y 128- Soler |
85- San A. Janssen entre 124- Pringles y 128- Soler |
99- Sarmiento entre 128- Soler y 120- G. Alvear |
105 Bis- Pje Dr. Juan B. Moisso entre 126- Las Heras y 124- Pringles |
107- Alberdi entre 128- Soler y 124- Pringles |
109- Rodríguez Peña entre 128- Soler y 124- Pringles |
111 Bis - Pje. Evaristo Stessens entre 126- Las Heras y 124- Pringles |
124 Bis- Pje. Paulina Simoniello entre 107- Alberdi y 109- Rodríguez Peña |
“Grupo Nº 85”: Barrio Sur 2ª Denominación
99- Sarmiento entre 128- Soler y 130- José B. García |
97- Santa Fe entre 148- E. Houriet y 152- Juan P. Beauge |
97- Santa Fe entre 152- Juan P. Beauge y 164- A. Morandín (esquinas y mitad de cuadra). |
Art. 2).- El costo total de los trabajos determinados en el artículo precedente será con cargo a los beneficiarios, de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza Nº 2620/86 y sus modificatorias, como asimismo se regirá por el sistema determinado en dicha disposición, el pago de las contribuciones de mejoras.
Art. 3).- La realización de los trabajos estará supeditada a los resultados del Registro de Oposición que se reglamenta en la presente norma legal.
Art. 4).- Se hará conocer esta obra a cada propietario afectado en forma fehaciente y expresa, mediante un formulario que se denominará Información de Obra, y que contendrá:
a) Características técnicas de la Obra (Cantidad de columnas por cuadra, tipo de materiales a utilizar en su construcción, basamento, reparación de veredas, luminarias, células fotoeléctricas, conductores eléctricos, descarga a tierra).
b) Ubicación de la misma.
c) Plazo de Ejecución.
d) Monto total de la obra.
e) Costo estimado para un lote tipo a mitad de cuadra y en esquina, considerando sus dimensiones mínimas en la zona. Asimismo, las oficinas pertinentes tendrán a disposición de los interesados, y para su consulta, el costo de la obra que corresponda a su propiedad, antes de la apertura del Registro de Oposición.
f) Formas de pago a optar.
g) Actualización de la deuda.
h) Fecha de Apertura y Cierre del Registro de Oposición.
Art. 5).- DISPÓNESE la APERTURA DEL REGISTRO DE OPOSICIÓN para el total de las obras dispuestas por esta Ordenanza.
Art. 6).- Por la Secretaría de Obras y Planeamiento se efectuarán publicaciones durante tres días alternados en un periódico local, comunicando a los contribuyentes de la ciudad y frentistas directamente afectados por las obras, que podrán formular su oposición a su realización dentro de un plazo de quince días corridos contados a partir del día siguiente al de la fecha de la última publicación, en el Registro de Oposición que funcionará conforme con las normas que se indican a continuación:
a) Dicho Registro consistirá en un libro encuadernado, foliado y rubricado y estará a disposición de los interesados en la Secretaría de Obras y Planeamiento de la Municipalidad de Esperanza, a partir del folio correspondiente.
b) Cada propietario deberá acreditar su identidad mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad y/o cualquier otra documentación válida expedida por autoridad competente, debiendo justificar asimismo ser titular del o de los inmuebles beneficiados por las obras, mediante exhibición de escritura pública, declaratoria de herederos y/o cualquier otra documentación que permita constatar fehacientemente la titularidad de cada bien raíz.
c) Las oposiciones serán realizadas por los propietarios frentistas o por sus representantes legales, mediante oposiciones fundadas y escritas, debidamente firmadas.
d) Los representantes legales que pudieran presentarse en tal carácter a formular oposición deberán acreditar su personería mediante la documentación autenticada correspondiente.
e) La Secretaría de Obras y Planeamiento otorgará a pedido del interesado constancia fiel de su presentación, con indicación de fecha y folio del Registro de Oposición en que fuera realizada la oposición.
f) Vencido el plazo para la formulación de objeciones a la ejecución de las obras, las oposiciones formuladas serán trasladadas a la División Catastro, a efectos de la determinación, en base a los registros, de la proporción que la oposición represente sobre el total de los frentistas beneficiados por las obras.
Art. 7).- Las obras dispuestas por la presente Ordenanza serán ejecutadas cuando la proporción de frentistas que se opusieran a la realización de las mismas, que surja del Registro de Oposición reglamentado por el artículo anterior, no supere el 40 % (CUARENTA POR CIENTO) más 1 (UNO) del total de los propietarios beneficiados por las mismas.
Art. 8).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Marzo 12 de 2015.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | Prof. GABRIELA F. de OGGIONI | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |
Observaciones |
---|
Incorpora Grupo Nº 81, 82, 83, 84 y 85 |
Fecha Sanción | Título | Observaciones | Acciones |
---|---|---|---|
19-06-1986 | Ordenanza N° 2620 |