EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 3851
Art. 1).- AUTORÍZASE LA PERMUTA de la FRACCIÓN DE TERRENO destinado a espacio verde y/o equipamiento comunitario, ubicada en la Concesión 57 Sección Este, Manzana 2, se individualiza como Lote “E”, de la ciudad de Esperanza, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, aceptado por Ordenanza Nº 3497 del 14-08-07, por el Lote “C” de igual dimensión (532,84 m2), ubicado en la intersección de calles: Prolongación de 159- P. Guala y futura apertura de calle 102- D. Alighieri. Las medidas definitivas serán las que surjan del plano de mensura que se confeccionará al efecto.
Art. 2).- A los efectos de incorporar al patrimonio municipal la fracción donada, DISPÓNESE la aplicación del Punto 3.7. de la Ordenanza Nº 2916/92.
Art. 3).- El Escribano interviniente será el encargado de realizar todas las gestiones a fin de cumplimentar la presente.
Art. 4).- Los gastos de mensura y escrituración y/o inscripción dominial de los inmuebles correrá por cuenta del donatario Sr. Esteban Juan Gross.
Art. 5).- Se aclara que los Planos aludidos serán aprobados una vez verificado el cumplimiento de la totalidad de los requisitos estipulados en la Ordenanza Nº 2916/92.
Art. 6).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Septiembre 03 de 2015.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | Prof. GABRIELA F. de OGGIONI | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |
Fecha Sanción | Título | Observaciones | Acciones |
---|---|---|---|
14-08-2007 | Ordenanza N° 3497 |