EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 3854
Art. 1).- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a realizar la TRANSFERENCIA A TITULO ONEROSO al FONDO FIDUCIARIO PÚBLICO PRO.CRE.AR, de los inmuebles identificados catastralmente como Manzanas Nº 50 y Nº 54 de la Concesión 07 Centro, ubicadas en el Distrito de Zonificación RS-1 (Residencial Semiurbanizado - 1), en el marco del Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (PRO.CRE.AR), de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 3792/13 y a las actuaciones obrantes en el expediente Nº 200.002-D-13.
Art. 2).- ELÉVESE la presente Ordenanza al Fondo Fiduciario Público PRO.CRE.AR.
Art. 3).- Los fondos provenientes de la TRANSFERENCIA A TITULO ONEROSOque se efectúe en conformidad con el Art. 1) de la presente, deberán ser transferidos al Instituto Municipal del Hábitat -INMUHA-.
Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Septiembre 24 de 2015.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | Prof. GABRIELA F. de OGGIONI | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |