EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 3879
Art. 1).- EXÍMESEa los propietarios de inmuebles contiguos al Balneario Camping Municipal (Sector Oeste), afectados por la crecida del mes de abril del Río Salado, del pago de la Tasa General de Inmuebles, Riego o Barrido y Mantenimiento del Alumbrado Público por el período Abril-Mayo de 2016.
Art. 2).- La Secretaria de Obras y Planeamiento a través del área Catastro, informara a la Dirección de Rentas el detalle de los inmuebles alcanzados por la presente exención.
Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Abril 14 de 2016.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | Lic. CRISTIAN RICARDO CAMMISI | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |