EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN Nº 339
Art. 1).- AUTORIZASE a la EMPRESA TELECOM ARGENTINA S.A. para la ejecución de los trabajos en la vía pública, consistentes en el tendido de aproximademente 108 m de cable subterráneo en zona de vereda Oeste de calle 115- 1° de Mayo dirigiéndose hacia el norte unos 60 m para luego cruzar a la vereda Este y llegar hasta la esquina de 115-1º de Mayo y 84- F. Meiners, más 2 cruces subterráneos de las calles 86- A. Aufranc y 115- 1° de Mayo. La obra comprende también el tendido de aproximadamente 500 m de línea aérea con la colocación de 9 postes de eucaliptos de 8,50 m en el sector del barrio Parque Ferial y parte dentro del predio de exposiciones de la FECOL, también se colocará una línea de refuerzo sobre postes existentes por calle 111- Brown desde calle 94- Berutti a calle 88- Laprida y por ésta hasta calle 115- 1° de Mayo donde enganchará en una cámara al tendido subterráneo a construir en la esquina de 86- A. Aufranc y 115- 1° de Mayo.
Art. 2).- La Empresa TELECOM ARGENTINA S.A. y/o quien resulte adjudicataria para la ejecución de las obras, serán las únicas responsables por los daños y perjuicios que se pudiera ocasionarse con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo con lo que disponen las Ordenanzas Nros. 2.762/89 y 3.101/96.
Art. 3).- La Empresa TELECOM ARGENTINA S.A. y/o quien ésta contrate, deberá contactarse previo al inicio de las obras con las empresas de servicios involucradas (Esperanza Servicios S.A.P.E.M.) a fin de evitar daños a instalaciones subterráneas y posteriores resarcimientos por daños y perjuicios.
Art. 4).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Febrero 19 de 2004.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | ANA M. G. de ROCHA | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |