Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 10-03-2005

Ref. Expte. Nº 90246-O-01.-

VISTO:

El expediente de la referencia,y

CONSIDERANDO:

Que a través del mismo, el Departamento Ejecutivo eleva como Proyecto para la consideración de este Cuerpo, el acuerdo para la designación del Lic. Horacio Abel Dátola (DNI 5.381.698), agente efectivo del Municipio, como representante de la Municipalidad de Esperanza para desempeñarse como gerente de la Incubadora de Empresas de Ámbito Regional IDEAR.

Que el Convenio (obrante a fojas 15 a 22) firmado el 10-10-2001 entre la Municipalidad de Esperanza y la Universidad Nacional del Litoral establece en el punto cuarto –inciso b- que el Municipio de la ciudad de Esperanza aportará al proyecto los siguientes recursos: un Gerente; personal administrativo: mínimo dos personas y personal de mantenimiento y limpieza (fojas 19).

Que el punto quinto del citado Convenio establece que el órgano de gobierno de la Incubadora será su Consejo y, en su inciso a-, que el mismo estará constituido por tres miembros designados por el Rector de la Universidad y tres por el Intendente de la Municipalidad, cada uno con voz y voto; que el Consejo se completará con el Gerente de la Incubadora, quien actuará con voz pero sin voto y, en el inciso b-, que entre las funciones del Consejo Directivo se fija la de “designar y remover al Gerente en sus funciones” (fojas 21).

Que el 19-04-2000, por Decreto Nº 6167, el Intendente Municipal dispone la designación de los secretarios, Sres. Marcelo Luis Aufranc, Angel Alfredo Zilli y Roberto Roque F. Celano, en representación de la Municipalidad de Esperanza para integrar el Consejo Directivo de la Incubadora de Empresas (fojas 27).

Que el C.P.N. Angel Alfredo Zilli no reviste actualmente como Secretario de Hacienda, no obrando en el expediente de la referencia su reemplazo, con lo cual este Cuerpo se pregunta si no se trata de un representante al que debe darse acuerdo por no estar hoy comprendido en la excepción establecida en la Ordenanza Nº2535/84.

Que en el mismo Decreto Nº 6167/00 se designa al Ing. Luis Daniel Guala, en ese entonces Secretario de Obras, Planeamiento y Desarrollo de la Municipalidad de Esperanza como gerente de la Incubadora de Empresas, de acuerdo con lo estipulado en el punto 4º del Convenio de fecha 10-10-01 (fojas 27).

Que no consta en el expediente de la referencia que el Ing. Guala haya cesado en esa función.

Que el Reglamento aprobado por Decreto Nº 6570/03 (fojas 39), Capítulo IV “Del Órgano de Gobierno y el Personal de la Incubadora”, artículo 6º, establece que “Los recursos humanos de la Incubadora estarán conformados por el Consejo Directivo, la Gerencia, la Secretaría de la Gerencia, los Pasantes y los Asesores”, y el Artículo 7º ratifica que “El Consejo Directivo estará constituido por tres miembros designados por el Rector y tres por la Municipalidad de Esperanza, cada uno con voz y voto. El Consejo se completará con el Gerente de la Incubadora y un representante de los socios fundadores, quienes actuarán con voz pero sin voto”.

Que en consecuencia, este Cuerpo Legislativo observa la necesidad de que el Departamento Ejecutivo Municipal aclare:

• quiénes son actualmente los tres representantes del Municipio a que aluden el Convenio y el Reglamento citados y en virtud de qué norma han sido designados; 

• si el Ing. Luis Daniel Guala es actualmente Gerente de la Incubadora de Empresas;

• de no ser así, en función de qué norma fue removido;

• en caso de estar vacante la gerencia, por qué no se procede a su designación conforme lo establecido en el Convenio;

Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde a este Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 366

Art. 1).- DEVUÉLVASE al Departamento Ejecutivo Municipal el expediente de la referencia, por no corresponder lo solicitado mediante nota de elevación Nº 1805 c., y a fin de que revise los siguientes puntos: 

• quiénes son actualmente los tres representantes del Municipio a que aluden el Convenio (fojas 15 a 22) y el Reglamento de Funcionamiento (fojas 38 a 53), y en virtud de qué norma han sido designados; 

• si el Ing. Luis Daniel Guala es actualmente Gerente de la Incubadora de Empresas;

• de no ser así, en función de qué norma fue removido;

• en caso de estar vacante la gerencia, por qué no se procede a su designación conforme lo establecido en el Convenio.

Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Marzo 10 de 2005.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     ANA ISABEL COPES
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.