Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 09-02-2006

Ref. Expte. Nº 119828-S-05.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 407

Art. 1).- AUTORÍZASE a la firma SITEC INGENIERÍA, con domicilio en Alberdi Nº 2778 de la ciudad de Santa Fe, en representación de los titulares del predio UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION - U.P.C.N. Seccional Provincial Santa Fe, para la ejecución de trabajos en la vía pública, consistentes en la extensión de la red de energía eléctrica de baja tensión, para abastecer al loteo sito en calles 147- Reant y 94- Perú (Concesión 43 Este, Manzana L) de la ciudad de Esperanza, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, y que consta del tendido de aproximadamente 56 metros de cable preensamblado de 3x70+50+25 mm2., sobre calle 147- Reant (espacio público). Para el total de la obra se deben colocar como obra civil 2 columnas de HºAº de 8,50 / R 1050 y 1 poste de eucalipto de 7,50 metros, con sus respectivos accesorios. La alimentación se hará de la esquina de calle 94- Perú y 147- Reant conectando a la línea existente, con un cruce tipo americano. El alumbrado público se ejecutará en calle 147-Reant sobre un poste de eucalipto creosotado de 7,5 m. de altura dispuesto en la mitad de la cuadra, al cual se adosará un brazo metálico conforme especificaciones de la División Alumbrado Público, de esta Municipalidad, artefacto de alumbrado público marca Strand, modelo NC 4 V/C con lámpara y equipo auxiliar de vapor de mercurio de 125W. Todo ello conforme con la memoria descriptiva, planos y especificaciones obrantes en el expediente de la referencia. Se adjuntan planos foja 20 alumbrado público y foja 21 suministro de energía eléctrica que forman parte de la presente.

Art. 2).- Los nombrados serán los únicos responsables por los daños y perjuicios que pudieran ocasionar con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo con lo que disponen las Ordenanzas Nros. 2.762/89 y 3.101/96 y su modificatoria.

Art. 3).- Previo al inicio de los trabajos, deberá presentarse la aprobación de la factibilidad por parte de la Empresa Provincial de la Energía.

Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Febrero 09  de 2006.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     JOSÉ CARLOS ANDREOLI
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.