Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 14-09-2006

Ref. Expte. Nº 124140-G-06.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 422

Art. 1).- AUTORÍZASE  a  la firma GLUTAL  S.A.  y  al  Ingeniero  en  Construcciones OSCAR VOLKEN, Matrícula I.C.I. 13-224/5, de quien contrató los servicios la primera, para la ejecución de trabajos en la vía pública, consistentes en el tendido de 3.500 metros de cañería de PVC clase 10 de 200 mm. de diámetro con la construcción de 21 cámaras de inspección de hormigón armado. La traza va desde la planta fabril por calle 112- Marcos Avellaneda sobre la vereda Sur (lado opuesto al de la obra de cloacas) en el tercio correspondiente a este tipo de obras (tercio exterior de la vereda) hasta calle Nº 85- San Janssen, al llegar a ésta se lleva la traza a la calzada sobre el lado Este, dada la presencia de la obra del acueducto y de las cloacas, realizando el cruce de las vías del ferrocarril; luego de dicho cruce se seguirá por la calzada (ya en calle de tierra) conduciéndose por la arteria citada en último término, que posteriormente pasa a denominarse 85- Jujuy, hasta su ingreso en el predio de la planta de tratamiento al Sur de calle 170- Antártida Argentina. En la zona del Cementerio Municipal, se utilizará el sector de canteros centrales realizando el tuneleado en las bocacalles. Se adjunta plano de fojas 10, el que forma parte de la presente.

Art. 2).- Los nombrados serán los únicos responsables por los daños y perjuicios  que  pudieran ocasionar con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo a lo que disponen las Ordenanzas Nº 2762/89 y 3101/96.

Art. 3).- Se hará saber a la empresa que deberá cumplimentar los siguientes aspectos:

* Presentar, antes del comienzo de las obras, la documentación correspondiente en la que conste la autorización expresa para cruzar las vías del ferrocarril, teniendo en cuenta que la obra atraviesa dicho sector.

* El hormigón a usarse en la reparación de la calzada deberá ser del tipo H30 debiendo respetarse para todos los aspectos de la obra lo establecido en la Ordenanza Nº 3101/96 de obras sobre espacio público.

* Atento a la existencia de dos interferencias importantes que deben sondearse con cuidado para evitar roturas -cruce con la cañería de 200 mm. de diámetro del acueducto en la esquina de calles 85- San Janssen y 114- 9 de Julio, y cruce con el tendido de fibra óptica en la esquina de calles 85- San Janssen y 128- Soler, la empresa deberá contactarse, en ambos casos, con los concesionarios de los respectivos servicios de tal forma de coordinar los sondeos.

Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Septiembre 14 de 2006.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     JOSÉ CARLOS ANDREOLI
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.