Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 28-09-2006

Ref. Expte. Nº 123322-R-06-

VISTO:

El expediente de la referencia, y

CONSIDERANDO:

Que a través del mismo se eleva a consideración de este Cuerpo Legislativo una autorización para la ejecución de trabajos en la vía pública, para dotar de energía eléctrica a lotes ubicados sobre calle Belgrano, entre Gauna y Ramb.

Que esta Comisión ha procedido a analizar detalladamente el expediente de la referencia.

Que en virtud de ese análisis, las dudas surgidas fueron planteadas al secretario de Obras y Planeamiento en la reunión de la Comisión de Gobierno, Cultura y Acción Social llevada a cabo el 27 de junio próximo pasado.

Que éste se comprometió a enviar los antecedentes, necesarios para tomar decisiones respecto del expediente de referencia.

Que no obstante ello, en fecha 30 de junio pasado fue elevada a través de la Presidencia de este Cuerpo Legislativo nota suscripta por el Presidente de la Comisión de Gobierno, Cultura y Acción Social, Sr. Víctor Lang, la que textualmente expresa: "al finalizar el encuentro con el Sr. Secretario (Roberto Celano) éste quedó en dar respuesta la semana entrante a una serie de dudas y aportar información requerida, no disponible en ese momento, relacionada con los siguientes expedientes y temas", entre ellos, el expediente Nº 123322-R-06 que hoy nos ocupa.

Que la información no fue aportada en el transcurso de la semana a la que hace alusión la nota de marras.

Que por tanto, este expendiente no pudo ser tratado en la sesión convocada y llevada a cabo el 6 de julio pasado.

Que hasta el día de hoy la nota no ha sido respondida.

Que por tanto corresponde exponer las dificultades encontradas en el análisis del expediente y obrar en consecuencia.

Que en primer lugar surge que se trata -como ya se dijo- de una solicitud de autorización para realizar trabajos en la vía pública a fin de dotar de electrificación a lotes sitos sobre calle Belgrano, entre Gauna y Ramb.

Que a lo largo de expediente se alude en tanto propietario al Sr. Isaías Mansilla, hecho del que no existe constancia.

Que por su parte, en el informe de Catastro, quien figura como propietario es el Sr. Tomás Carmelo Mansilla, a nombre de quien, a su vez, no existe dominio registrado en este Municipio.

Que asimismo, se hace referencia a que por expediente Nº 91462-P-01 se tramita la subdivisión de la manzana comprendida entre las calles Belgrano, Rivadavia, Gauna y Ramb.

Que el plano de mensura y subdivisión es para juicio de adquisición de dominio por posesión, según también lo informado por la División Catastro.

Que las autorizaciones para trabajos en la vía pública lo son para los propietarios y los profesionales (cuyos servicios éstos hayan contratado), a quienes, en consecuencia, la misma norma hace responsables por los daños y perjuicios que la ejecución de dichos trabajos pudiere ocasionar.

Que en síntesis, quienes suscriben el presente dictamen, habiendo estudiado el expediente y procurado por las vías antes expuestas la información necesaria para dar curso a la autorización solicitada, se encuentran ante el hecho de que no existe certificación respecto de quién es el propietario y por lo tanto responsable por la realización de los trabajos.

Que no se respeta, por enésima vez, lo solicitado en la Minuta de Comunicación Nº 272.

Que en tal sentido, se cumple en informar que el Departamento Ejecutivo Municipal retiene el expediente Nº 91462-P-01 en el que se tramita, según dichos, el plano de subdivisión y mensura correspondiente a la manzana completa, esto es: Belgrano, Rivadavia, Gauna y Ramb.

Que la electrificación  es un requisito para esa visación, por lo que no se comprende por qué no se envían juntos o se hacen las actuaciones en un solo expediente, cuyo fin es también único: obtener la visación previa del plano de mensura.

Que así nos encontramos con que en el Concejo se dificulta la comprensión de los trámites, y que, por ejemplo, siendo que la electrificación sólo alcanza a calle Belgrano entre Gauna y Ramb, en el expediente de la referencia se informa que "el Agrimensor deberá modificar el plano de mensura y subdivisión que se encuentra en el expediente anteriormente mencionado" (Nº 91462-P-01).

Que este solo señalamiento vuelve a poner el acento en la incongruencia de "desagregar" expedientes que tienen que ver con el mismo asunto para un mismo comitente.

Que a quienes trabajan en las Comisiones de este Concejo Municipal preocupa la constante iteración de hechos de este tipo que obligan a trabajar sin los elementos necesarios, lo cual también constituye un menoscabo al respeto que como institución este Cuerpo merece.

Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde al Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente:

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 427

Art. 1).- DISPÓNESE la devolución del expediente Nº 123322-R-06 por no contar con los elementos necesarios para su tratamiento por parte de este Concejo Municipal.

Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Septiembre 28 de 2006.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     JOSÉ CARLOS ANDREOLI
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.