Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 04-04-2008

Ref. Expte. Nº 139271-A-08.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 486

Art. 1).- AUTORÍZASE a la firma ALAM-CO S.A. y al M.M.O. Raúl Darío Berneri de quien contrató sus servicios SADESA S.A., para efectuar trabajos en la vía pública, consistentes en la ejecución de la RED DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE para abastecer a los lotes sitos en calles 91- Gdor. Crespo entre 70- Gabarret y 72- L.N. Alem, 93- Lavalle entre 70- Gabarret y 72- L.N. Alem, y 72- L.N. Alem desde 89- Saavedra hasta 91- Gdor. Crespo de la ciudad de Esperanza, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe.

La obra consiste en el enlace a la red existente que se halla sobre calle 72- L.N. Alem esquina 89- Saavedra, y 72- L.N. Alem esquina 91- Gdor. Crespo, un tendido de cañería de PVC C6 de diámetro 0,110 de una longitud aproximada de 99,00 mts. sobre calle 72- L.N. Alem desde 89- Saavedra hasta 91- Gdor. Crespo y un tendido de cañería de PVC C6 de diámetro 0,075 de una longitud de aproximadamente 165 mts. en las calles 91- Gdor. Crespo, 93- Lavalle desde 72- L.N. Alem hasta 70- Gabarret, en ambas más la colocación de accesorios, en un todo de acuerdo con las especificaciones solicitadas por la empresa concesionaria del servicio de agua potable. El movimiento de tierra será aproximadamente 144,00 m3 y se destaca que la cañería se ubicará en el tercer tercio de la vereda y deberá ejecutarse con una profundidad de excavación de 1,00 a 1,20 mts. aproximadamente. Se adjunta plano de fojas 28, que forma parte de la presente.

Como obra civil se considera la excavación y posterior relleno y compactación para el tendido de la cañería para el suministro de agua más los accesorios, según planos, presupuestos y especificaciones obrantes en el expediente de la referencia, destacándose que la obra no presenta impedimento técnico alguno para su ejecución.

Art. 2).- Los nombrados serán los únicos responsables por los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo con lo que dispone la Ordenanza Nº 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04).

Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Abril 04 de 2008.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     JOSÉ CARLOS ANDREOLI
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.