Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 16-10-2008

Ref. Expte. Nº 139100-P-08.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 505

Art. 1).- AUTORÍZASE al Electrotécnico Nacional HUGO DE PAOLI, en representación de los titulares del predio Sres. JORGE OMAR PRUVOST y JOSÉ SELMAN ASEN, para la ejecución de trabajos en la vía pública, consistentes en la obra de provisión de energía eléctrica e iluminación en el loteo ubicado en calles 94- Lino Terford y 69- Saavedra Lamas. La obra se realizará parte en calle 69- Saavedra Lamas y otro tramo sobre 94- Lino Terford y se refiere al tendido de aproximadamente 260 metros de conductor preensamblado de 3x70+50+25 mm2 sobre 4 columnas de HºAº 8,50/R 400 tipo sostén y como terminales columnas de HºAº 8,50/R 1050, según lo exigido por la Empresa Provincial de la Energía. El inicio y conexión se ejecutará en 2 columnas de HºAº 8,50/R 1050 terminales existentes en la intersección de calles 94- Lino Terford y 69- Saavedra Lamas, lado Este.

En cuanto al alumbrado público se instalarán 6 columnas metálicas de 7,50 m. de altura libre y brazo de 1,50 m. con artefacto de equipo incorporado y lámpara de alta presión de sodio de 150W conectándose a la red de Alumbrado Público, ubicadas sobre calle 94- Lino Terford (2) y sobre calle 69- Saavedra Lamas (4), lado Oeste repartidas hacia el Sur y Norte de 94- Lino Terford. Como obra civil se menciona la colocación de 8 columnas de HºAº (tendido eléctrico red de baja tensión) y 6 columnas metálicas (alumbrado público), conforme con la memoria descriptiva (fojas 4), cómputo y presupuesto (fojas 5 y 6), planos (fojas 7, 8 y 9) y demás especificaciones obrantes en los actuados del rubro. Se adjunta plano de fojas 7, el que forma parte de la presente.

Art. 2).- Los nombrados serán los únicos responsables por los daños y perjuicios que pudieran ocasionar con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo a lo que disponen las Ordenanzas Nº 2762/89 y 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04).

Art. 3).- Se deja expresamente establecido que previo al inicio de las obras los responsables deberán presentar la factibilidad por parte de la Empresa Provincial de la Energía.

Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Octubre 16 de 2008.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     JOSÉ CARLOS ANDREOLI
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.