Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 16-04-2009

Ref.: Expte. Nº 144557-P-08.-

VISTO:

El expediente de la referencia, y

CONSIDERANDO:

Que a través del mismo el Sr. Jorge Omar Pruvost solicita autorización para efectuar trabajos en la vía pública consistentes en la extensión de la red de distribución de agua potable, en el loteo situado en las calles 94- Hno. Lino Terford esquina 69- Saavedra Lamas de la ciudad de Esperanza, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, cuya propiedad comparte con el Sr. José Asen.

Que conforme lo informa la División Catastro a fojas 9 del expediente de la referencia, por Ordenanza Nº 3532/08, se acepta la donación del Lote "C" del Plano de Mensura y Subdivisión presentado por el Agrim. R. P. Perco, destinado a la prolongación de calle 94- Hno. Lino Terford, desde la interseccion con la calle 69- Saavedra Lamas hacia el Oeste, en una extensión de 55,58 metros en su lado Norte y 56,01 metros en su lado Sur, que es por donde se solicita la extensión de la obra de agua corriente.

Que el tendido consta de aproximadamente 57.00 m de cañería de PVC Clase 6 U.D. de Ø 0,075 m, que se ubicará sobre la vereda Norte de calle 94-Hno. Lino Terford desde su intersección con calle 69- Saavedra Lamas al Oeste, más la colocación de una válvula esclusa en el nudo Nº 2 y la colocación de un tapón de punta de cañería, según se indica en el Nº 1, todo conforme al plano obrante a fojas 7 de los presentes actuados.

Que la obra contempla 7 (siete) conexiones domiciliarias -4 largas y 3 cortas; por otra parte se aclara que el empalme a la red existente se realizará en un punto ubicado en calle 69- Saavedra Lamas esquina 94- Hno. Lino Terford. El movimiento de tierra es de aproximadamente 31.00 m³.

Que como obra civil se considera la excavación, transporte de suelo sobrante, relleno y compactación para el tendido de la cañería destinada al suministro de agua potable, más la mano de obra y materiales para la colocación de una (1) válvula esclusa y accesorios de la misma.

Que la Empresa Aguas Santafesinas S.A., por ser la concesionaria del Servicios de agua potable que se presta en nuestra ciudad, será la encargada de controlar el cumplimiento de todos los requisitos y consultas en lo referente al proyecto técnico y a las obras de arte necesarias en la construcción de la nueva red.

Que a pedido de las Comisiones de Gobierno, Cultura y Acción Social, y de Obras y Servicios Públicos se solicitó al recurrente aclaración con relacion a la intervención del Ing. Eduardo Schmittendorf en la obra.

Que con fecha 15 de abril de 2009 el Sr. Pruvost entrega por Secretaría una nota aclaratoria manifestando "... que el profesional contratado para llevar a cabo el proyecto de obra solicitada es el Ing. en Construcciones Eduardo Schmittendorf Mat. 13-291".

Que el Sr. Pruvost, en su carácter de constructor de la obra, deberá respetar el rango de utilización de suelo (3.00m a 4.50m de L.M.), como así también tomar todos los recaudos de señalización mediante baliza lumínica, cinta de peligro, cartelería de obra, y todo otro requisito que se le requiera, a los efectos de asegurar, durante la realización de los trabajos, la inexistencia de cualquier tipo de inconvenientes a terceros o cosa de terceros.

Que finalmente se destaca que a fojas 2 y 3 del presente expediente se adjunta la factibilidad técnica de la obra expedida por Aguas Santafesinas S.A, a fojas 6

cómputo y presupuesto, a fojas 4, 7, 17 y 18 los planos de obra correspondientes y se agrega como fojas 15 una nota firmada por el Jefe Distrito Esperanza de la Empresa ASSA donde se otorga una prórroga de la factibilidad técnica otorgada en fecha 20 de octubre de 2008.

Que los trabajos se hallan encuadrados en las prescripciones de la Ordenanza Nº 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04), que reglamenta las obras que afecten u ocupen la vía pública, condicionada al cumplimiento de las exigencias previstas por la oficina técnica competente en lo que hace a seguridad, higiene, limpieza, materiales de reposición, órdenes de la inspección, etc.

Que la gestión del presente expediente forma parte de los requisitos que hacen a la visación previa del plano de mensura pertinente que se tramita por el ya mencionado expediente Nº 133171-P-07, el que culminara en su momento con la sanción de la Ordenanza Nº 3532/08 por parte de este Concejo Municipal (referida a la aceptación de la prolongación de calle 94- Hno. Lino Terford, desde 69- Saavedra Lamas 57m. al Oeste), así como, en la misma oportunidad, la Resolución Nº 505/08 correspondiente al expediente Nº 139100-P-08 (referida a la dotación de energía eléctrica y alumbrado público).

Que con la resolución que hoy se sanciona se completa la intervención del Cuerpo con relación a la visación previa del plano de mensura para el sector.

Que a fojas 18 se lee: "Se solicita al Concejo Municipal notificar oficialmente a la Emrpesa Aguas Santafesinas S.A., de la resolución que dictamine este cuerpo legislativo con respecto al exp. de referencia, como así también se le comunique en forma oficial a la Empresa, que presente la nota de Final de obra y el plano Conforme a Obra con sus correspondientes firmas y sellos una vez ejecutada y finalizada, para ser adjuntados al expediente y posibilitar la continuidad del trámite administrativo".

Que debe observarse que lo que allí se solicita resulta no pertinente a las funciones de este Cuerpo, por lo que corresponde que el Departamento Ejecutivo Municipal tome debida nota al respecto.

Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde al Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 525

Art. 1).- AUTORÍZASE al M.M.O. Sr. JORGE OMAR PRUVOST y al Ing. en Construcciones Eduardo Schmittendorf, de quien el primero contrató los servicios para llevar a cabo el proyecto de la obra que se tramita por el expediente de la referencia, para ejecutar trabajos en la vía pública, consistentes en la extensión de la RED DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE para abastecer el loteo situado en calle 94- Hno. Lino Terford, al Oeste de su intersección con 69- Saavedra Lamas de la ciudad de Esperanza, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, de propiedad del nombrado conjuntamente con el Sr. José Asen.

La obra consiste en un tendido de 57.00 m de cañería de PVC Clase 6 U.D. de Ø 0,075 m, que se ubicará sobre la vereda Norte de calle 94- Hno. Lino Terford al Oeste de su intersección con calle 69- Saavedra Lamas, además de la colocación de una válvula esclusa en el nudo Nº 2 y la instalación de un tapón de punta de cañería según se indica en el Nº 1; están contempladas dentro de la obra 7 (siete) conexiones domiciliarias - 4 largas y 3 cortas. El empalme a la red existente se realizará en un punto ubicado en calle 69- Saavedra Lamas esquina 94- Hno. Lino Terford. El movimiento de tierra es de aproximadamente 31.00 m³. Se adjunta plano de obra de fojas 7, el que forma parte de la presente.

Como obra civil se considera la excavación, transporte de suelo sobrante, relleno y compactación para el tendido de la cañería para el suministro de agua potable más la mano de obra y materiales para la colocación de una (1) válvula esclusa y accesorios de la misma; la obra posee factibilidad de la Empresa Aguas Santafesinas S.A.

Art. 2).- Los nombrados serán los únicos responsables por los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo con lo que disponen las Ordenanzas Nº 2762/89 y 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04).

Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Abril 16 de 2009.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     Dr. ANDRÉS JAVIER GRENÓN
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.