Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 08-04-2010

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 581

Art. 1).- El DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, deberá a través de sus dependencias municipales competentes, realizar un análisis pormenorizado de la Ordenanza Nº 3259/00, y su modificatoria Ordenanza Nº 3421/05, como así también y en su parte pertinente la Ordenanza Nº 3260/00, en los siguientes aspectos mínimos:

a) Necesidad de compatibilizar la normativa municipal referida a la habilitación de superficies comerciales en el Distrito Esperanza, con las reglamentaciones y exigencias vigentes que aplica la Dirección Provincial de Bromatología u Organismo similar.

b) Posibilidad de una recategorización de las actividades.

c) Modificación de las superficies cubiertas que en cada caso en particular se dispone en la Ordenanza.

d) Posibilidad de ampliar los alcances de los Artículos: 3), 5) y 8) de la Ordenanza Nº 3259/00, según texto conferido por la Ordenanza Nº 3421/05, a todos los establecimientos tipificados por el Art. 2) de la mencionada norma. (SUJETO A ESTUDIO).

e) Adecuación de la zonificación actual para localización de estas actividades.

f) Posibilidad de regular distancias mínimas entre comercios de un mismo rubro.

g) Todo otro dato que a criterio de los equipos de trabajo intervinientes resulte de interés para completar la información.

Art. 2).- El presente estudio deberá ser elevado al Concejo Municipal en el plazo de 30 días hábiles contados a partir de la sanción de la presente.

Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Abril 08 de 2010.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     RAFAEL ANTONIO DE PACE
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.