Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 16-09-2010

Ref. Expte. Nº 159290-K-10 y Nº 155977-V-10.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 597

Art. 1).- AUTORÍZASE a la Sra. OTILA ARMANDA KERN DE MONTU y al Ingeniero en Construcciones JOSÉ E. PASSERINO, de quien ésta contrató sus servicios, para efectuar trabajos en la vía pública, consistentes en la ejecución de la RED DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE para brindar el servicio a 49 lotes (cuya ubicación y detalles de propietarios figuran en el informe de foja 14) de la ciudad de Esperanza, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe.

La obra se trata del tendido de la red para la ampliación del servicio de agua potable al loteo ubicado en las siguientes calles:

107-Alberdi entre 128-Soler y 130-García

115-1 º de Mayo entre 128-Soler y 130-García

130-García entre 107- Alberdi y 115- 1º de Mayo

132-De Las Naciones entre 107-Alberdi y 109-R. Peña

134-Terragni entre 107-Alberdi y 109 -R. Peña

109-R. Peña entre 130-García y 134-Terragni

y que brindará el servicio, entre otros, a 49 lotes pertenecientes al loteo descripto cuyos frentes serán afectados por dicha obra. Se compone la misma de cañería de PVC clase 6, de Ø 0,075 m y de Ø 0,110 m.

El tendido de la red comprende una longitud de 85 metros sobre calle1º de Mayo con Ø 0,110 m., y una longitud de 935 metros con Ø 0,110 m y la colocación de los empalmes y accesorios requeridos. El movimiento de tierra (excavación, tapado y compactado)se estima en 459 m³, indicándose como espacio permitido para la ubicación del conducto en el tercio externo del área de vereda y a una profundidad de excavación comprendida entre 0.80 y 1,20 metros. Los empalmes requeridos se realizarán en las intersecciones de las calles Alberdi con las intersecciones de 128-Soler, 130-García, 132- De las Naciones y 134-Terragni; y 115-1º de Mayo esquina 128-Soler. Se adjunta plano de fojas 6 que forma parte de la presente.

Como obra civil que se debe considerar a los efectos de la afectación de las retenciones que rigen en la Ordenanza Nº 3101/96, la excavación para el tendido de la cañería para el suministro de agua más los accesorios, tapado, compactación, reparación de veredas y calzada de hormigón si lo hubiere y colocación de hidrantes y accesorios. La factibilidad de obra otorgada por Aguas Santafesinas S.A. obra a fojas 4 del expediente Nº 159290-K-10.

Art. 2).- Los nombrados serán los únicos responsables por los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo con lo que disponen las Ordenanzas Nº 2762/89 y Nº 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04).

Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Septiembre 16 de 2010.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     RAFAEL ANTONIO DE PACE
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.